A partir del 1 de noviembre de 2024, se producirán cambios significativos en el sistema de subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), conforme a lo establecido en el Real Decreto-Ley 2/2024. Estas modificaciones afectan a varios programas de ayuda económica que, a lo largo del tiempo, han sido un pilar fundamental para millones de trabajadores en España que se encuentran en situación de desempleo. Con la llegada de este nuevo mes, algunas ayudas dejarán de estar disponibles, mientras que otras mantendrán su vigencia, pero con cuantías actualizadas.
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En este mes de noviembre, varios subsidios dejarán de estar disponibles. En primer lugar, se eliminarán la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Estas ayudas han sido esenciales para muchas personas que han enfrentado dificultades en el mercado laboral, pero con la nueva reforma, los receptores de estas subvenciones pasarán a depender del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además, también se eliminará el subsidio específico para mayores de 45 años, un grupo que a menudo encuentra mayores barreras en su reinserción laboral. No obstante, es importante señalar que aquellos que ya estén percibiendo estos subsidios continuarán recibiéndolos con normalidad.
A pesar de la eliminación de ciertos subsidios, la reforma mantendrá vigentes dos ayudas específicas. En primer lugar, se conservará el subsidio por desempleo tras el agotamiento de la pensión contributiva, dirigido a los mayores de 52 años.
En segundo lugar, se mantendrá el subsidio específico para personas con cotizaciones insuficientes, lo que permitirá que aquellos que no cumplen con los requisitos para acceder a otras prestaciones sigan recibiendo ayuda económica.
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Amparo Estrada
También se ampliará el subsidio para empleados transfronterizos de Ceuta y Melilla, así como para trabajadores agrarios eventuales. A esto se le pueden sumar otros colectivos, como las personas mayores de 16 años que hayan sido víctimas de violencia de género y los españoles emigrantes que han vuelto al país sin tener derecho a la prestación contributiva. Tal y como explican desde Moncloa, estos cambios pretenden corregir desigualdades previas en el sistema y garantizar que aquellos con peores condiciones de empleabilidad reciban el apoyo necesario durante los períodos de inactividad.
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La modificación, que entrará en vigor en noviembre, establece las nuevas cuantías de las ayudas en tres tramos diferenciados, en función de la duración del mismo. Durante los primeros seis meses, los beneficiarios recibirán 570 euros, equivalentes al 95% del IPREM. En los seis meses siguientes, la ayuda disminuirá ligeramente a 540 euros, correspondientes al 90% del IPREM. Finalmente, para el resto del período, se establecerá una cuantía de 480 euros, equivalente al 80% del IPREM.
Cabe destacar que el subsidio para los mayores de 52 años será el único que se mantenga en 480 euros mensuales, aunque esta ayuda incluye mejoras en las cotizaciones a la Seguridad Social, con una sobrecotización del 125%.
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Finalmente, la nueva reforma también incluye mejoras administrativas que facilitarán el acceso a estas ayudas. Se eliminará el mes de espera habitual para las solicitudes de subsidio, lo que significa que aquellos que hayan agotado su pensión contributiva podrán comenzar a cobrar el subsidio desde el primer día. Estas medidas buscan no solo proteger a los trabajadores en situación de desempleo, sino también garantizar una transición más fluida hacia el empleo, promoviendo la reinserción laboral y mejorando las condiciones económicas de quienes se encuentran en esta situación.
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