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El puente de Todos los Santos los supermercados y centros comerciales de la Comunitat Valenciana tienen una apertura desigual. En pleno caos provocado por la DANA que ha arrasado Valencia, el 1 de noviembre es un día especial, ya que unos abrirán y otros cerrarán, en función de la zona geográfica en la que se encuentren y de su política habitual de aperturas.
LOS QUE ABREN
En las zonas de gran afluencia turística anual (Alborache, l'Alfàs del Pi, Benissa costa, Finestrat, Orihuela costa, Pilar de la Horadada costa, Torrevieja y Benidorm) y en la ciudad de Valencia y Alicante, los comercios tienen libertad para abrir, aunque supermercados que cierran los domingos no abrirán, como viene siendo habitual.
Los centros comerciales, en cambio, sí que tendrán abiertas sus puertas, tanto de tiendas como de zona de ocio, restauración y supermercados como Carrefour. Así, los centros de El Corte Inglés de Valencia y Alicante estarán abiertos, así como centros comerciales como Arena, Nuevo Centro, El Saler o Aqua.
En cuanto a supermercados la norma general es el cierre, pero las enseñas Chárter abrirán como suele habitual y los Carrefour ubicados en Valencia capital también abren sus puertas. Por lo tanto, Mercadona, Consum, Lidl o Aldi permanecerán cerrados de forma general.
LOS QUE CIERRAN
Todos los que no están en las ciudades de Valencia y Alicante o en la ZGAT anual cerrarán el domingo, como Bonaire, MN4, Ikea, Alfafar o Sedaví, Gran Turia, El Osito, El Manar, Vidanova Parc o l'Epicentre, entre otros.
Los establecimientos comerciales con menos de 300 m2 de superficie de venta y que no pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no sean pyme tienen libertad para abrir también los festivos, así como los establecimientos comerciales minoristas en los cuales la oferta habitual sea predominantemente la venta de pastelería y repostería; pan; platos preparados; prensa; combustible y carburantes; flores y plantas, o las tiendas de conveniencia, así como las tiendas situadas en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
La ley establece que no se podrán habilitar los domingos y festivos siguientes: 1 de enero, 6 de enero, 1 de mayo, 9 de octubre y 25 de diciembre, o bien el 26 de diciembre, cuando este sea declarado festivo por traslado de la fiesta de Navidad.
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