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El Supremo absuelve al exdirector de la CAM

EP

Miércoles, 24 de julio 2019, 00:02

El Tribunal Supremo revisó las condenas impuestas por la Audiencia Nacional en octubre de 2017 por el falseo de las cuentas de la CAM en 2010 y 2011 y absuelve a uno de sus exdirectores generales, Roberto López Abad, condenado a 3 años de cárcel. Su sustituta, María Dolores Amorós, por su parte, ve rebajada su condena a la mitad, hasta el año y medio de prisión.

Además, el alto tribunal rebaja la condena al exdirector general del Área de Planificación y Control, Teófilo Sogorb, como responsable de un delito de falsedad en la información facilitada a los inversores, a la pena de dos años de prisión por los datos aportados a la CNMV sobre el estado económico de la Caja en el primer trimestre de 2011. El TS también absuelve al exdirector general de Inversiones y Riesgos, Francisco José Martínez, del delito continuado de falsedad contable en relación con el ejercicio de 2010 al considerar que no queda suficientemente acreditado que la alteración de las cuentas fuera «idónea para causar un perjuicio a la sociedad, a los socios o a un tercero».

La Audiencia Nacional consideró acreditado que Amorós y Sogorb ordenaron que las cuentas presentadas en el primer trimestre de 2011 ante el Banco de España arrojaran un beneficio de 39,771 millones sin reflejar la situación económica real de la Caja, cuyos resultados registraban unas pérdidas de 1.163 millones y una morosidad del 19%. La Sala señala que la sentencia de la Audiencia Nacional no ha resuelto esta cuestión que considera «decisiva» a la hora de establecer si el hecho de dar de baja en el balance los activos titulizados dio lugar a una alteración de la imagen fiel de la CAM que pueda considerarse relevante «desde la perspectiva de su idoneidad para causar el perjuicio al que alude el tipo». También basó su criterio en que no se había acreditado un perjuicio económico superior a los 300.000 euros, uno de los requisitos del delito.

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