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El Supremo reconoce la indemnización a una auxiliar de enfermería que encadenó 15 años de interina

El Supremo reconoce la indemnización a una auxiliar de enfermería que encadenó 15 años de interina

El fallo, que sienta jurisprudencia, exige al Servicio Madrileño de Salud abonar la indemnización correspondiente por el cese de la empleada

Viernes, 24 de enero 2025, 00:57

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a una indemnización para una auxiliar de enfermería madrileña que estuvo encadenando contratos como interina durante 15 años en el Hospital de Fuenlabrada, perteneciente al Servicio Madrileño de Salud (Sermas). Esta decisión, que marca un precedente, pone fin a una prolongada disputa judicial en la que la trabajadora reclamaba el reconocimiento de una indemnización de 20 días por año trabajado, argumentando que, pese a la naturaleza temporal de sus contratos, siempre desempeñó las mismas funciones.

La auxiliar comenzó a trabajar en el Hospital de Fuenlabrada en 2006 como técnico medio sanitario. Desde entonces, fue contratada mediante diferentes modalidades de contratos temporales hasta que, en 2022, la Administración puso fin a su relación laboral. Según la comunicación oficial, el cese se debía a que la trabajadora no había superado el proceso de selección convocado en 2019 para convertirse en personal laboral fijo.

No obstante, apenas un mes después de este despido, el mismo hospital le ofreció un nuevo contrato temporal en régimen de interinidad. La Administración utilizó este nuevo contrato como base para defender que la extinción previa no generaba derecho a indemnización, ya que la trabajadora había retomado su relación laboral con la misma institución.

La trabajadora en cuestión decidió llevar el caso a los tribunales. En una primera sentencia, el Juzgado de lo Social número 3 de Móstoles le dio la razón en diciembre de 2022, reconociendo su derecho a una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Este fallo consideró que el cese de 2022 era una extinción contractual que debía ser indemnizada, sin que el contrato posterior anulara dicho derecho.

Sin embargo, el Hospital de Fuenlabrada y el Sermas presentaron recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que en junio de 2023 revocó la sentencia inicial y desestimó la demanda de la auxiliar. Según este tribunal, el hecho de que la trabajadora fuera contratada nuevamente justificaba la ausencia de indemnización.

La decisión del Supremo

Finalmente, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo intervino, unificando doctrina en este tipo de casos. El pasado 11 de diciembre, el alto tribunal anuló parcialmente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, reconociendo el derecho de la trabajadora a percibir la indemnización que inicialmente le había otorgado el Juzgado de lo Social de Móstoles.

El Supremo argumenta que el hecho de que posteriormente al cese se suscribiera un nuevo contrato temporal con el mismo empleador, «no deja sin efecto la citada extinción contractual». De esta forma, el tribunal refuerza el criterio de que el abuso de la contratación temporal debe ser compensado, especialmente cuando se encadenan contratos durante largos periodos para el desempeño de las mismas funciones.

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