La campaña de la Renta 2025 está a punto de comenzar, ofreciendo a los contribuyentes la oportunidad de cumplir con sus obligaciones fiscales. Según el calendario oficial, el periodo para presentar las declaraciones de la renta y patrimonio correspondientes al ejercicio 2024 se extenderá desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025. Durante este intervalo, los ciudadanos deberán informar a la Agencia Tributaria sobre sus ingresos y deducciones del año anterior.
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Es fundamental no solo presentar la declaración en tiempo y forma, sino también conservar la documentación asociada. La normativa vigente establece que tanto la declaración de la Renta como los documentos y justificantes de los movimientos económicos realizados durante 2024 deben mantenerse durante un periodo de cuatro años. Este plazo se basa en el periodo de prescripción de las deudas tributarias, durante el cual la Agencia Tributaria tiene la facultad de revisar, comprobar y reclamar los importes declarados, conforme al artículo 66 de la Ley General Tributaria.
Por lo tanto, al presentar la declaración en 2025, es aconsejable conservar todos los documentos hasta 2029. No hacerlo podría acarrear problemas significativos en caso de una inspección por parte del organismo público.
El mencionado artículo 66 de la Ley General Tributaria detalla los derechos que prescriben a los cuatro años:
- El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
- El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
- El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
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- El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
En caso de que Hacienda inicie una inspección, es esencial que el contribuyente disponga de ciertos documentos que pueden ser requeridos. Entre ellos se incluyen:
- Certificados de retenciones de IRPF emitidos por empleadores.
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- Documentación relativa a planes de pensiones.
- Certificados bancarios con información fiscal.
- Justificantes de rendimientos de posibles inversiones.
Las multas de Hacienda por no presentar la documentación solicitada pueden oscilar entre 150 y 6.000 euros. Por ello, es altamente recomendable mantener un archivo ordenado y completo de todos los justificantes fiscales durante el periodo establecido.
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