Organización de un evento, en una imagen de archivo. Efe

Los trabajadores que tendrán una nueva jornada laboral de 37'5 horas por convenio

Más de 5.000 empleados de organización de eventos se beneficiarán del primer convenio colectivo del sector, que mejora las tablas salariales e incluye un complemento de flexibilidad horaria

Europa Press

Lunes, 28 de octubre 2024, 00:56

Mientras el Gobierno sigue negociando con los agentes sociales la implantación de la jornada laboral de 37 horas y media, más de 5.000 trabajadores del sector de la organización de eventos podrán disfrutar de ese horario por convenio.

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Los empleados encargados de negociar, coordinar y promover conferencias, exposiciones y otras actividades se acogerán al primer convenio colectivo estatal del sector, que tendrá vigencia desde 2025 hasta 2027, y que entrará en vigor tan pronto se publique en el BOE. En concreto, para 2025 fija una jornada semanal de 38,5 horas; en 2026 de 38 horas y de 37,5 horas a la semana en 2027.

En concreto, dicho convenio que será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, describe los grupos profesionales y sus funciones y ordena y fija la jornada de trabajo en el sector, la cual irá disminuyendo conforme transcurran los años de vigencia de la norma.

Tablas salariales superiores

Además, a través de esta negociación, la parte social ha conseguido que este nuevo texto introduzca unas tablas salariales superiores a los distintos convenios que se estaban aplicando en el sector, ante la falta de una regulación adecuada y adaptada a las necesidades de la actividad.

Complemento de flexibilidad horaria

De la misma manera, actualiza todos los permisos recogidos en el ámbito de la conciliación y de los cuidados. Debido a la particularidad de la organización de eventos, este novedoso marco jurídico laboral recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo a las necesidades del sector, con lo que implementa un complemento de flexibilidad, que se abonará mensualmente a razón de un 5% del salario base mensual en 2025; un 7,5% en 2026 y un 10% en 2027.

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Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales. Dicho convenio supone un «hito relevante» para el sector que, hasta la fecha, no contaba con un convenio colectivo propio adaptado a las características y particularidades de esta actividad.

Año y medio de negociación

El convenio ha sido firmado por las Agencias de Eventos Españolas Asociadas (Aevea), la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FESMC-UGT).

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De esta manera, según ha indicado Aevea, tras un proceso negociador de año y medio, patronal y sindicatos han concluido con la firma de este convenio, que «llega en un momento de recuperación de la actividad y de buenas perspectivas de futuro», y que recoge en un solo marco jurídico laboral los derechos y condiciones sociolaborales de más de 5.000 personas trabajadoras del sector.

El presidente de Aevea, César González, ha resaltado que «la firma de este convenio supone un punto de inflexión para la industria y sus trabajadores, que verán protegidos sus derechos laborales y establecidas sus condiciones de trabajo de forma vinculante; siempre dentro de un marco equitativo y justo».

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«Con un convenio propio, podremos marcarnos nuevos retos a nivel institucional, así como con otras organizaciones y entidades, para impulsar nuestro posicionamiento en el sector», ha añadido González.

De 2025 a 2027

El nuevo convenio entrará en vigor una vez sea registrado ante la autoridad laboral y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y tendrá vigencia desde 2025 hasta 2027.

Al finalizar dicho período, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, siempre que no sea denunciado por cualquiera de las partes legitimadas. Las empresas afectadas por el presente convenio dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del mismo en el BOE, si bien, en cuanto a la estructura y condiciones salariales, su aplicación tendrá carácter retroactivo con efecto desde el 1 de enero de 2025.

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