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Martes, 13 de julio 2021
Es posible cobrar un subsidio por desempleo aunque se haya trabajado -y cotizado- muy poco, incluso menos de un año. Habrá que tener en cuenta que la duración de la prestación depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.
Estos son los requisitos para cobrar este tipo de subsidios, según informa el SEPE en su página web:
-Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
-Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
-Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si el demandante tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.
-No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
-Deberá reunir los requisitos en todo momento mientras se perciba el subsidio.
Si el demandante es mayor de 52 años, tiene derecho a percibir el subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años.
La duración depende del número de meses cotizados y de si usted tiene o no responsabilidades familiares.
Si tiene responsabilidades familiares:
El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
Si no tiene responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Este año se cobran 451,2 euros mensuales. El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
El demandante deberá presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.
El derecho al subsidio nacerá el día siguiente de la situación legal de desempleo.
La solicitud se podrá presentar a través de:
- La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
- En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono) .
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
La documentación que debe aportar es la siguiente:
-Modelo oficial de solicitud.
-Identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que aparezcan en la solicitud, bastará con mostrar alguno de estos documentos:
Españoles y españolas: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
Extranjeras y extranjeros residentes en España:
Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea, en el que consta NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE), en la que consta el NIE y el pasaporte.
Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.
Libro de Familia o documento equivalente en el caso de las personas extranjeras.
Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo (si no ha sido enviado por la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal). Solo en aquellas situaciones en las que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, es necesario aportar otro documento acreditativo que corresponda.
Justificante de las rentas, si lo solicita el Servicio Público de Empleo Estatal.
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