![Las 43 enfermedades que permiten solicitar una incapacidad permanente y cobrar una pensión](https://s3.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/09/07/incapacidad-permanente-trabajo-kDTC-U2208213081100hE-1200x840@Las%20Provincias-ksG-U22011717316912lD-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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J.Zarco
Valencia
Domingo, 8 de septiembre 2024, 00:25
Existen determinadas enfermedades permiten solicitar la incapacidad permanente. Muchas de las dolencias pueden afectar al trabajador a la hora de desarrollar su empleo, por lo que no les queda más opción que realizar su labor con dificultad o tener que dejar su trabajo, y con ello su salario.
Por esta razón surge la incapacidad permanente, que aporta una prestación económica en función del grado de incapacidad. Según indica la Seguridad Social, su objetivo es «cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patológico o traumático derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva».
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Aunque no hay listado oficial de enfermedades por las que concedan la incapacidad permanente, sí que hay algunas que suelen ser las habituales. La lista es la siguiente, aunque esto no quiere decir que sean las únicas:
Alzheimer.
Aneurisma.
Artritis Reumatoide.
Artritis Psoriásica.
Artrosis.
Cáncer.
Cardiopatías.
Colitis ulcerosa.
Depresión.
Demencia.
Desprendimiento de la retina.
Enfermedades hepáticas.
Enfermedad de Crohn.
EPOC.
Esclerosis Múltiple.
Espondilitis anquilosante.
Espondilosis degenerativa.
Esquizofrenia.
Estenosis foraminal.
Fibromialgia.
Fibrilación auricular.
Glaucoma.
Hernia discal.
Hipertensión pulmonar.
Ictus.
Insuficiencia renal crónica.
Infarto agudo de miocardio.
Lesión medular.
Lumbalgia.
Lupus.
Migrañas.
Neuropatía.
Parkinson.
Pancreatitis.
Patologías de pies y manos.
Síndrome de Ménière.
Síndrome de Raynaud.
Síndrome de Sjögren.
Síndrome de Tourette.
Síndrome del túnel carpiano.
Síndrome subacromial.
Trasplante de riñón.
Trastorno: Ya sea bipolar, ansiedad o estrés postraumático.
En cualquier caso, conseguir la prestación no es sencillo, ya que habrá que cumplir con todo el proceso, entregando toda la documentación demandada. Además, puede extinguirse por revisión de la incapacidad declarada, por reconocimiento de la pensión de jubilación cuando se opte por la misma y por fallecimiento del pensionista.
Además, la Seguridad Social establece diferentes tipos de incapacidad permanente en función del estado de salud del trabajador. De ello también depende la cuantía que se percibe:
Incapacidad permanente parcial, consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal).
Incapacidad permanente total, 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
Incapacidad permanente absoluta, 100% de la base reguladora.
Gran invalidez, se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.
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