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Vista de una oficina del servicio público de empleo, en una imagen de archivo. J. L. Cereijido

El nuevo subsidio del SEPE que los desempleados menores de 45 años y sin hijos podrán cobrar en 2024 tras agotar el paro

El nuevo año trae una serie de novedades en las prestaciones con motivo de la nueva reforma de subsidios aprobada por el Gobierno el pasado diciembre

Jueves, 4 de enero 2024, 00:59

El comienzo del 2024 trae de la mano una batería de novedades en todos los ámbitos del panorama nacional. Desde una nueva subida de las pensiones hasta el cambio en la tarifa eléctrica pasando por importantes modificaciones en las ayudas gestionadas por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE). En lo que respecta a la reforma de subsidio por desempleo, estaba prevista para finales de 2022 y finalmente pasará a ser una realidad en junio de este 2024. Una norma que es necesaria para que España acceda al cuarto desembolso de los fondos europeos por importe de 10.000 millones de euros.

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El decreto introduce nuevos colectivos que pueden percibir el subsidio por desempleo, que es la ayuda destinada a las personas que han agotado o que no tienen derecho a la prestación contributiva de paro. Dichos colectivos son los menores de 45 años sin cargas familiares que han agotado al menos 12 meses de prestación contributiva, los eventuales agrarios residentes fuera de Andalucía y Extremadura y los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla. Para ajustar las cuentas se suprimen, al mismo tiempo, la Renta Activa de Inserción (RAI), el subsidio extraordinario por desempleo (SED) y los subsidios de liberados de prisión, emigrantes retornados y revisión de invalidez.

De esta forma, la medida pretende mejorar el nivel asistencial del desempleo, agilizar trámites y condensar las ayudas en tres grandes grupos: el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (paro), el subsidio por cotizaciones insuficientes y el subsidio para mayores de 52 años.

Respecto a los subsidios por agotamiento de la prestación contributiva, el Real Decreto-ley incluye una ayuda para los desempleados con menos de 45 años, sin familia a cargo y que tras agotar el paro siguen sin alcanzar un mínimo de ingresos mensuales (en 2023, son 810 euros al mes, que es el equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional). Entre los requisitos para acceder a esta ayuda de seis meses de duración, estar desempleado, ser menor de 45 años sin cargas familiares y haber agotado una prestación de 360 días o más, un período mucho mayor al exigido a los mayores de 45 años de 120 días.

Otro cambio importante es que se unifica la duración de este subsidio en los casos de tener responsabilidades familiares con independencia de la edad en el momento de agotar la prestación. De esta forma, quienes tengan familia a cargo podrán cobrar la ayuda durante 24 o 30 meses en función del tiempo que hayan estado cobrando su prestación anterior, es decir, más de 120 o 180 días, respectivamente.

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No obstante, la reforma del paro entrará en vigor con carácter general el 1 de junio de 2024, por lo que hasta entonces permanece vigente el actual subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares, conocido popularmente como «ayuda familiar». Una prestación de 480 euros mensuales con una duración de al menos seis meses, pero con derecho a varias prórrogas hasta totalizar 30 meses, lo que equivale a un subsidio de 14.400 euros en todo el periodo. Los requisitos para acceder a ella son agotar el paro (tener al menos un año cotizado), tener responsabilidades familiares y carencia de rentas. Pero, también, cabe la posibilidad de que puedan optar a esta ayuda familiar los desempleados que no han podido cobrar el paro porque no han cotizado 360 días, pero al menos tienen acumulados 90 días de cotización y también tienen familiares a cargo.

Cabe recordar que una vez que entre en vigor la nueva norma (1 de junio de 2024) se suprimirá el mes de espera tras agotar el paro para presentar la solicitud de subsidio por agotamiento y se amplía a 6 meses el plazo para hacerlo.

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