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Imagen de archivo de una oficina del SEPE. EP

Nueva exigencia del SEPE para cobrar la ayuda de 480 euros para mayores de 52 años

Más allá de los requisitos generales, la administración pedirá al solicitante que aporte un «hecho cusante» para acceder a la subvención

A. Pedroche

Martes, 7 de marzo 2023, 01:31

La situación económica actual no está siendo nada sencilla para muchas familias. La inflación de precios en productos de primera necesidad, en combustible y en la factura del precio de la luz hace que muchas personas lleguen a fin de mes con el agua al cuello o, directamente, no llegan. Algunas se ven empujadas a recurrir a ayudas estatales.

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Si hay un organismo conocido por sus ayudas es el Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) porque además del famoso subsidio por desempleo (paro), también proporciona otras alternativas a personas en situación de necesidad. Una de ellas, es la ayuda de 480 euros al mes para los mayores de 52 años. Pueden acceder a esta ayuda hasta que cumplan la edad de jubilación. Los requisitos para cobrar este subsidio son los siguientes:

- Estar en desempleo

-Tener 52 años o más

- Estar incrito como demandante de empleo

- Haber sido declarado o declarada plenamente capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.

- Haber acumulado como mínimo 15 años de cotización para la jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social (dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años)

- Contar con 6 años de cotizaciones por desempleo y la carencia de rentas

Además de todo esto, desde el SEPE exigirán también un 'hecho causante', también llamada 'vía de acceso' que posibilita la solicitud del subsidio. Así lo aseguran desde el organismo: «Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad».

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En definitiva, ese 'hecho causante' puede referirse a haber agotado el paro o cobrar o tener derecho a alguno de los subsidios de desempleo a los que se refiere el art. 274.4 LGSS: «El acceso al subsidio de 52 años se logra desde el agotamiento de la prestación contributiva, o mientras se percibe o se tiene derecho a recibir uno de estos subsidios: subsidio de emigrantes retornados, subsidio de liberados de prisión, subsidio por revisión de incapacidad, la ayuda familiar, subsidio de mayores de 45 que agotan prestación contributiva».

Sin embargo, en caso de que el solicitante no cumpla ninguno de estas vías de acceso, desde el SEPE le pedirán tener acumulados y sin consumir al menos 90 días de cotizaciones por desempleo. Aunque en realidad hay excepciones a ese requerimiento como aquellos solicitantes que han permanecido apuntados al paro de forma ininterrumpida desde que cesaron en el trabajo, o desde el agotamiento de la última prestación o subsidio, hasta el momento en que hayan solicitado el subsidio de mayores de 52 años.

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Subida de la cantidad a percibir

Una de las grandes novedades de este año, es que la cuantía a recibir por los beneficiarios es mayor desde el pasado 1 de enero de 2023. El importe de este subsidio es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) que esté vigente. Por ello, tal y como recogen los Presupuestos Generales del Estado de 2023, el IPREM asciende de los 579,02 euros mensuales actuales a 600 euros en 14 pagas. De este modo, se pasará de percibir 463,21 euros mensuales a 480 euros, es decir, 16,79 euros más al mes.

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