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Documentos con ofertas de empleo y nóminas. Imagen de archivo Gonzalo Höhr

Los nuevos motivos por los que un trabajador puede pedir días libres sin perder vacaciones

La legislación laboral establece unos días dedicados a vacaciones y una serie de libranzas al año siempre que estén justificadas

DM

Valencia

Lunes, 3 de julio 2023, 04:12

Con el verano en plena efervescencia son muchos los trabajadores que aprovechan esta época del año para desconectar del ámbito laboral y salir de la rutina diaria. Un tiempo de relax con el que muchos optan por viajar y otros tantos deciden quedarse tranquilamente en casa.

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Dicho período es fundamental para garantizar el descanso de la persona trabajadora y según marca el estatuto no puede ser menor a 30 días naturales, siempre y cuando se trate de una jornada laboral completa. Es decir, 2,5 días por mes que serán acordados de manera cordial entre empresario y trabajador.

A pesar de todo ello, hay que tener en cuenta que siempre puede variar en función de una serie de factores, como el sector del trabajador, el convenio colectivo aplicado o los acuerdos específicos que existan entre empresario y empleado.

Por otro lado, a los trabajadores les corresponden una serie de días libres, unos períodos de permiso siempre y cuando estén justificados y hayan sido advertidos previamente al empresario o jefe de turno. A este respecto, existen numerosos preceptos que permiten al trabajador ausentarse de su puesto de trabajo sin que ello suponga una rebaja en su sueldo o la pérdida de vacaciones.

Diferentes motivos

Matrimonio. Se dispondrán de 15 días naturales en los que a partir de esta semana también podrán contabilizar las parejas de hecho.

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Mudanza. Un día por traslado del domicilio habitual.

Fallecimiento, hospitalización, accidente o intervención quirúrgica de familiar o pariente cercano hasta segundo grado de consanguinidad. Se dispondrían de dos días salvo que haga falta desplazamiento que se ampliarían a cuatro.

Deber inexcusable de carácter público o persona. Lo que proporciona al trabajador el tiempo indispensable en la jornada.

Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. Se dispondrá del tiempo necesario para sesiones de preparación, información y realización de informes psicológicos y sociales.Además, por lactancia de un hijo menor de 9 meses, los trabajadores tienen derecho a una hora de ausencia en el trabajo.

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Representación sindical o negociación de convenios o derechos colectivos. Estará justificado ausentarse un tiempo indispensable.

Formación. En caso de tener una antigüedad de más de un año en la empresa se podrá tener permiso de 20 horas anuales para formarse siempre y cuando esté relacionada con la actividad de la empresa.

Cuidado de familiares enfermos hasta segundo grado de consanguinidad o en caso de ser convivientes, no habrá necesidad de que haya que guardar parentesco. Se trata de una de las novedades. Además, se podrá solicitar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.

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Por causa de fuerza mayor. Otro de los nuevos motivos. Los padres podrán ausentarse del trabajo para atender urgencias de hijos de hasta ocho años. Habrá períodos permitidos por horas o días completos, pudiéndose solicitar un total de cuatro días al año. El último abacaría las ocho semanas en total.

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