Urgente Un incendio en un bingo desata la alarma en el centro de Valencia y deja 18 atendidos por humo

El mini paro al que se puede acceder con sólo trabajar 90 días

Se tiene en cuenta el número total de meses cotizados y si existen o no responsabilidades familiares

M. G.

Sábado, 5 de febrero 2022, 01:04

Para poder cobrar el paro es imprescindible haber cotizado antes. La norma dice que es necesario haber trabajado al menos un año completo. Sin embargo, hay excepciones. Y se puede llegar a cobrar el subsidio por desempleo, por ejemplo, el cual es conocido como 'miniparo'. El Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) ofrece una prestación de 463,21 euros mensuales dirigida a aquellas personas que no han podido cotizar los 365 días.

Publicidad

Para poder recibir este subsidio conocido popularmente como 'miniparo' también hay que tener en cuenta una serie de factores, como el número total de meses cotizados y si existen o no responsabilidades familiares.

Así lo publica el SEPE en su Twitter:

Requisitos

En concreto se pedirán los siguientes requisitos:

-Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.

-Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

-Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.

-No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas.

Publicidad

Es necesario presentar la solictud en el plazo de 15 días hábiles desde que comienza la situación legal de desempleo.

La solicitud se podrá presentar de manera electrónica en el portal del SEPE o bien en la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Empieza febrero de la mejor forma y suscríbete por menos de 5€

Publicidad