![SEPE: aviso de sanción | Las sanciones del SEPE si no renuevas la demanda de empleo](https://s2.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202209/02/media/cortadas/SEPE-EDUARDO-PARRA-EP-k6TG-U1701135953647Z7G-1248x770@Las%20Provincias.jpg)
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Sábado, 3 de septiembre 2022, 00:39
Aquellas personas que no tienen empleo o que han sido despedidas recientemente, saben que para recibir una prestación el Estado por su situación deben inscribirse como demandante de empleo y mantener esa inscripción hasta encontrar un nuevo puesto de trabajo. De esta manera, se aseguran no tener problemas con el pago del paro o de los subsidios.
Pese a que puede resultar algo obvio, no es para tomárselo a la ligera. Si se quieren recibir esas ayudas, se debe estar inscrito como demandante de empleo y mantener esa inscripción durante todo el tiempo del cobro de las prestaciones. Esto debe realizarse de manera trimestral.
No renovarlo tiene consecuencias muy negativas. El SEPE lo deja claro y lo refleja en su web: «Se suspenderá el abono de las prestaciones durante los periodos en los que las personas beneficiarias no figuren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y lo reanudará a partir de la fecha en que acrediten la nueva inscripción». También afirma que supone una infracción leve recogida en el artículo 17 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
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El SEPE diferencia infracciones de diferente grado que conllevan sanciones como la pérdida del derecho a la prestación. La duración de estas pérdidas depende de la reincidencia del beneficiario de la prestación:
-Con una infracción se pierde un mes de prestación.
-Con dos infracciones se pierden tres meses de prestación.
-Con tres infracciones se pierden seis meses de prestación
-Con cuatro o más infracciones se pierde definitivamente la prestación.
Cabe destacar que se debe contar las infracciones dentro de un año natural a contar desde la primera. Por ejemplo, si ha pasado un año o más desde la primera infracción del ciudano, la próxima que cometa contará como la primera de nuevo.
Se puede hacer de dos maneras: de forma online o de forma presencial.
-De forma online en los servicios autonómicos de empleo (el SEPE dispone de un listado con acceso a cada uno de ellos en su Sede Electrónica), aunque para eso es indispensable contar con un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos) o un DNI electrónico.
-De forma presencial en una oficina del SEPE. Para ello es indispensable pedir cita previa
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