En ocasiones, los trabajadores se ven obligados a tomar decisiones difíciles debido a situaciones insostenibles en su entorno laboral. Sin embargo, dejar un empleo de forma voluntaria sin una causa justificada puede tener graves consecuencias económicas, ya que puede llevar a la denegación del derecho a percibir el paro. Tal como establece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la baja voluntaria y el derecho a recibir la prestación por desempleo son incompatibles. «Si abandona un trabajo de forma voluntaria, no puede percibir la prestación por desempleo, ya que según la normativa legal, para poder cobrar la prestación, es necesario que la baja no haya sido voluntaria», afirma el organismo.
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El objetivo de esta normativa es evitar fraudes en el cobro de las prestaciones, asegurando que solo aquellos trabajadores que se encuentran en una situación legal de desempleo puedan acceder a ellas. Es por esto que si un trabajador se da de baja de forma voluntaria, el SEPE le denegará la prestación contributiva por desempleo que haya acumulado durante su tiempo de trabajo. Esta medida está respaldada por la Ley General de la Seguridad Social, que establece, en su artículo 267.2, que no se considera a un trabajador en situación legal de desempleo cuando cesa de manera voluntaria en su puesto, a excepción de ciertos casos establecidos por la ley.
Entre las excepciones que recoge la ley, el autodespido es una de las más relevantes. Se trata de una opción que tiene el trabajador cuando se producen incumplimientos graves por parte del empleador. Este derecho está regulado en el artículo 50.1.b del Estatuto de los Trabajadores, y permite al empleado poner fin a su contrato laboral y, en caso de que se demuestren las causas, recibir una indemnización correspondiente a un despido improcedente.
Las causas que justifican un autodespido incluyen, entre otras, la movilidad geográfica impuesta por el empleador, que obliga al trabajador a cambiar de residencia, o una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, como el cambio en el horario laboral o la reducción salarial unilateral. Además, la falta de pago de salarios o los retrasos continuados también son motivos que pueden dar lugar a un autodespido justificado. En estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización que varía según el tipo de incumplimiento, con un máximo de 12 mensualidades en algunos casos.
En el caso de que un trabajador se vea obligado a abandonar un empleo sin que existan causas legales que lo justifiquen, el derecho a cobrar el paro quedará suspendido. No obstante, es posible recuperar la prestación si se cumplen ciertos requisitos. Si el trabajador consigue un nuevo empleo y posteriormente es despedido por no superar el periodo de prueba, podrá solicitar la prestación por desempleo. Sin embargo, existe una condición importante: si el despido ocurre dentro de los tres meses siguientes a la baja voluntaria, no podrá acceder al paro.
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Si el contrato finaliza por esta razón, pero han transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria, el trabajador podrá recuperar la prestación por desempleo, siempre que cumpla con el resto de requisitos establecidos. Esto permite que aquellos que hayan pasado un tiempo considerable sin trabajar y hayan sido despedidos de su nuevo empleo puedan acceder a la protección por desempleo.
Con todo, el SEPE subraya la importancia de estudiar cada caso de manera individualizada para evitar posibles fraudes. Si hay indicios de que el trabajador ha intentado obtener el paro de forma indebida, se podrá denegar la prestación, ya que las leyes están diseñadas para proteger a aquellos que realmente se encuentran en una situación legítima de desempleo.
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