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Las obras para finalizar la ampliación norte del puerto de Valencia -con la construcción de la nueva terminal de contenedores- que empezaron oficialmente el ... pasado noviembre seguirán su curso. Es la decisión que ha adoptado la justicia valenciana tras denegar una petición de Acció Ecologista Agró para la paralización del proyecto.
Así, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado suspender cautelarmente la ejecutividad del acuerdo del consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) de diciembre de 2022 por el que se aprueba el proyecto de construcción del muelle de contenedores de la ampliación norte del puerto de Valencia, según ha informado el TSJ este miércoles.
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Los magistrados han desestimado así, en un auto notificado esta misma jornada a las partes, la solicitud presentada el pasado 27 de enero por Acció Ecologista para suspender cautelarmente las obras basándose en un informe pericial que concluye que procede efectuar una nueva declaración de impacto ambiental (DIA) distinta a la de 2007. Aspecto sobre el que la ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, indicaba la semana pasada que el Gobierno «va a cumplir» con la resolución judicial que se adopte.
En este sentido, y sin prejuzgar el fondo del asunto ni por tanto el desenlace del pleito, la Sala del TSJ entiende que la petición se sustenta exclusivamente en un dictamen pericial, discutido por la Administración demandada y que ha de ser valorado por el tribunal «una vez efectuadas las aclaraciones al mismo ya planteadas, en contraste con los demás elementos de prueba».
Además, recuerda que el asunto presenta una «indudable complejidad», como demuestra el montante económico de las obras, con un presupuesto base de ejecución de más de 660 millones de euros.
Agrega que la valoración de ese dictamen pericial «habrá de acometerse más adelante», pero «en lo tocante a la pertinencia o no de la suspensión cautelar poco o más bien nada ilustra a la Sala, en tanto que versa sobre cuestiones de fondo».
Igualmente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso asegura que la pretensión cautelar «no aborda la ponderación de los intereses en conflicto». Por ello, esa valoración «mal podría conducir a la satisfacción de la medida cautelar -recoge el auto-, ante «la envergadura de la obra portuaria de ampliación de uno de los puertos más importantes del mar Mediterráneo (si no el más en tráfico de contenedores)».
En esta línea, los magistrados destacan las consecuencias económicas que conllevaría una eventual suspensión cautelar del proyecto y que están recogidas detalladamente en un informe técnico suscrito por el jefe de Dominio Público de la Autoridad Portuaria de Valencia. Por ejemplo, abonar al contratista 367.360 euros/día en concepto de costes de mantenimiento de maquinaria marítima y terrestre, instalaciones y equipos o una indemnización al contratista de 28,81 millones por resolución del contrato.
Se suman los 62,5 millones de pérdida de ingresos anual para el puerto por la posible extinción de la concesión si hay incumplimiento de los plazos de entrega de los terrenos por parte de la APV a la naviera MSC, cuya filial TIL logró la explotación de la terminal de contenedores.
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