i. d.
Valencia
Jueves, 14 de enero 2021, 09:03
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en la Comunidad Valenciana ha obtenido una sentencia favorable a partir de un recurso que interpuso a través de la CNMC (Comisión Nacional del Mercado de la Competencia) en el que se reconoce a este colectivo como profesionales competentes en la evaluación técnica de edificios de viviendas.
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Los ingenieros de caminos, como ya hicieran los industriales (que obtuvieron sentencia favorable del TSJ), impugnaron el artículo 8 del Decreto 53/2018, de 27 de abril, del Consell que regulaba la realización de estos informes y su reserva a favor de los arquitectos.
En una sentencia de 21 de octubre pasado, comunicada ayer, el tribunal rechaza que la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, a la que se remite el artículo 8 del decreto impugnado, recoja una reserva legal, que únicamente afectaría al proceso de construcción, con la consiguiente exclusión de otras titulaciones.
El decano del colegio, Federico Bonet, considera que este tipo de recursos y sentencias "que nos favorecen reconocen el valor de nuestra profesión, pero bien podrían evitarse si desde las diferentes administraciones hubiera una comunicación más fluida con todos los colegios profesionales y las diferentes competencias que por título acreditan cada uno de ellos".
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