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Cómo pedir las ayudas al alquiler para jóvenes en 2019

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha abierto el plazo para la solicitud de las ayudas al alquiler de la vivienda

LAS PROVINCIAS

VALENCIA

Martes, 12 de febrero 2019, 12:56

Las ayudas al alquiler, enmarcadas dentro del Plan Estatal de la Vivienda 2018-2021, están cofinanciadas por el Ministerio y la Generalitat y están agrupadas en dos programas. Se contempla una inversión 20 millones de euros (14.089.000 euros los aporta el Ministerio y la Generalitat 5.911.000 euros), de los que 13.450.000 euros se destinarán al programa de ayudas al alquiler y 6.550.000 euros se destinarán al específico de ayudas al alquiler para los jóvenes.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará este miércoles 13 de febrero y finalizará el 8 de marzo, inclusive.

¿Dónde dirigirse?

Presencial

Los formularios de solicitud e impresos asociados estarán disponibles para cumplimentarlos utilizando los medios telemáticos accesibles desde cualquier dispositivo con acceso a Internet a través de la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18582&version=amp

Los solicitantes que no utilicen certificado digital deberán rellenar el formulario telemático, imprimir el justificante de entrega y el formulario. Este justificante, el formulario firmado, el «ANEXO A LA SOLICITUD DEL PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA. CONVOCATORIA 2019» firmado y la documentación exigida en la convocatoria se presentarán por registro de entrada en los lugares establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre: oficinas PROP, ayuntamientos, por correo certificado, y preferentemente:

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO- VALENCIA

C/ GREGORIO GEA, 27Ver plano

46009 València

Tel: 012

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO - CASTELLÓN

AV. DEL MAR, 16Ver plano

12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana

Tel: 012

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO - ALICANTE

AVDA. AGUILERA, 1Ver plano

03007 Alacant/Alicante

Tel: 012

Por internet

A través del enlace correspondiente:

Tramitar sin certificado electrónico:

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_AYUALQVIV&version=2&login=a&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18582

Tramitar con certificado electrónico:

https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_AYUALQVIVCF&version=2&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18582

Por su lado, los ayuntamientos o mancomunidades podrán presentar solicitudes telemáticamente mediante certificado digital en nombre de las personas o unidades de convivencia interesadas. La administración tendrá un plazo de hasta seis meses para resolver y publicar la resolución de las subvenciones que publicará en el portal consultar aquí.

Requisitos

El programa de ayudas al alquiler de viviendas va dirigido a personas titulares de un contrato de arrendamiento y que la vivienda sea la residencia habitual y permanente, además los ingresos deben ser inferiores a tres, cuatro y cinco veces el IPREM dependiendo de los casos.

¿Qué documentación se debe presentar?

Junto con la solicitud se aportará:

a) Volante único de empadronamiento que acredite, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato, a los efectos de determinar la unidad de convivencia. El documento deberá ser único por vivienda, incluyendo a todas las personas que figuren empadronadas en la misma.

b) Copia del contrato de arrendamiento de la vivienda, con mención expresa del importe del alquiler y de la duración mínima de un año, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, firmado por la parte arrendadora y arrendataria en todas sus páginas. En caso de existir más de un contrato consecutivo en el período subvencionable, se aportarán todos ellos. Asimismo, se aportará la referencia catastral de la vivienda individualizada.

c) Recibos bancarios de las mensualidades de alquiler abonadas con posterioridad a 1 de enero del año de la convocatoria hasta la fecha en la que se solicita la ayuda, en los que se identifique que la cuenta donde se realiza el ingreso del alquiler corresponde a la parte arrendadora (no son válidos los justificantes de pago en efectivo).

d) Impreso de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, si no ha recibido nunca ayudas de la Generalitat o ha cambiado de cuenta (ver enlace en el apartado impresos asociados).

e) Impreso «ANEXO A LA SOLICITUD DEL PROGRAMA DE AYUDAS AL ALQUILER DE VIVIENDA. CONVOCATORIA 2019» que contiene las declaraciones responsables y autorizaciones relativas a todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años. Este impreso deberá ser firmado antes de su presentación por los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años (ver enlace en el apartado impresos asociados).

Más información: Página web de la GVA

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