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integrantes de una mesa electoral en una imagen de archivo. EFE
FACUA pide a la JEC que incluya viajes familiares entre las causas de exención en las mesas electorales

FACUA pide a la JEC que incluya viajes familiares entre las causas de exención en las mesas electorales

La asociación ha solicitado a la Junta Electoral Central que estudie modificar las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar en una mesa

Redacción

Valencia

Domingo, 4 de junio 2023, 20:25

Ante el adelanto de la convocatoria de Elecciones Generales al próximo domingo 23 de julio, FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España, puede perjudicar a grandes escalas a aquellos ciudadanos que sean llamados para participar en mesas electorales y que ya tengan contratados y pagados sus viajes vacacionales.

En su escrito, FACUA recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

Así lo establece el texto consolidado de la Instrucción 6/2011, de 28 de abril de la Junta Electoral Central, de Interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.

En este sentido, FACUA pide que se incluyan como eventos familiares de especial relevancia aquellos viajes realizados en familia o que tengan por objeto visitar a familiares, contratados con anterioridad al 30 de mayo y que no puedan ser aplazados o cuyo aplazamiento cause una pérdida económica importante. Y ello para garantizar el ejercicio de su derecho al descanso y a la conciliación familiar y personal.

Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.

FACUA espera tanto sensibilidad como rapidez en el pronunciamiento de la Junta Electoral Central, ante la inmediatez de la convocatoria electoral. Asimismo, espera que las notificaciones para participar en las mesas electorales se produzcan con plazos suficientes para que las juntas electorales de zona puedan pronunciarse ante las solicitudes de exención que planteen los ciudadanos y no se produzcan silencios que les provoquen indefensión.

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