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¿Me puedo empadronar donde vaya a estar de vacaciones para votar el 23 de julio?
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Pedro Sánchez adelanta las elecciones generales a plena temporada estivalSecciones
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Pedro Sánchez adelanta las elecciones generales a plena temporada estivalCon cerca de cinco meses de adelanto llegan las elecciones generales, tal y como ha anunciado este lunes, 29 de mayo, el presidente del Gobierno Pedro Sánchez. Los españoles están llamados a votar el próximo 23 de julio para decidir con su voto la confección tanto del Congreso de los Diputados como la parte correspondiente del Senado. En plena temporada estival habrá que cumplir con el derecho constitucional de ejercer el voto. En un plazo muy concreto comenzarán a avisar de quién está convocado para formar parte de una mesa electoral, así como que se abrirá el plazo para pedir el voto por correo para las elecciones generales del 23J. Todo ello provoca que aumente la duda de si pedir votar por adelantado exime de ser convocado para estar en un colegio electoral. La siguiente pregunta será si existe la posibilidad, de forma legal, empadronarse donde se vaya a estar de vacaciones para poder votar en la nueva ubicación y no tener que pedir el voto por correo o tener que acudir expresamente al colegio electoral correspondiente.
Lo primero que hay que aclarar es que no está permitido por ley variar el empadronamiento por motivos que no sean el de constar oficialmente en la residencia efectiva. En caso de que se demostrara que una persona ha modificado los datos del padrón para poder votar en un lugar determinado, se estaría ante un caso de fraude electoral.
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Uno de los documentos solicitados para proceder al empadronamiento es un documento que confirme la residencia en la que se quiere que conste la vivienda efectiva, por lo que en caso de estar alojado en un hotel o establecimiento turístico, no estaría permitido aportar estas ubicaciones como puntos de residencia en la oficina del padrón.
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Además de los aspectos puramente legales, para evitar cometer un delito, lo cierto es que el padrón es el que sirve para conformar el censo electoral que determina el lugar de votación de cada persona. Por utilizar un ejemplo próximo, en el caso de las recientes elecciones del 28 de mayo, el periodo de referencia para determinar dónde vota cada persona se cerró el 30 de enero. Es decir, que atendiendo al padrón con fecha 30 de enero se estableció el censo electoral para los comicios municipales y autonómicos del 28 de mayo.
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