R. H.
Jueves, 24 de mayo 2018, 02:09
El Reglamento Europeo 1169/2011 marca como obligatorio que aparezcan todos los ingredientes que se encuentren dentro de los 14 alérgenos de declaración obligatoria, entre los que se encuentra el gluten y los cereales que lo contienen. El Reglamento Europeo 828/2014, por su parte, regula las menciones «sin gluten» y «muy bajo en gluten».
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Entre los principales puntos de esta norma destaca que la declaración «sin gluten» solo podrá utilizarse cuando los alimentos, tal como se venden al consumidor final, no contengan más de 20 partes por millón (ppm) de gluten. La declaración «muy bajo en gluten» solo podrá utilizarse cuando alimentos que contengan trigo, centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, o que contengan uno o más ingredientes hechos a partir de estos cereales, que se hayan procesado específicamente para reducir su contenido de gluten, no contengan más de 100 ppm de gluten en el alimento tal como se vende al consumidor final.
Los 20 ppm representan un nivel umbral que define cómo etiquetar el producto. Es decir, si tiene menos de 20 ppm, es «sin gluten», y si tiene más de 20 ppm es un producto «con gluten». Cada empresa puede declarar de forma voluntaria la presencia de trazas. Aunque no existe un consenso sobre el nivel de trazas de casi ninguno de los 14 alérgenos descritos en el Reglamento Europeo 1169/2011.
El nuevo Reglamento acepta declaraciones como «adecuado para las personas con intolerancia al gluten», «adecuado para celíacos», «elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten» y «elaborado específicamente para celíacos». Según la Federación de Asociaciones de Celíacos de España (FACE), «esto supone un problema para las personas celíacas, ya que las personas que padecen esta enfermedad solo aceptan alimentos con menos de 20 ppm de gluten, según la bibliografía científica existente». «Si una persona que está desinformada y adquiere un producto con la declaración muy bajo en gluten y/o elaborado específicamente para celíacos, estaría transgrediendo la dieta y poniendo en peligro su salud», aclaran.
Por ello, desde FACE se reclama la supervisión de este apartado de productos con la denominación «muy bajo en gluten», pero de momento no se ha resuelto el problema ni ha habido cambios en la legislación. «Lo que necesitan las personas celíacas es información y conocer cuáles son los productos que son seguros para realizar una correcta dieta sin gluten», aseguran desde la asociación.
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