Redacción
Martes, 15 de febrero 2022, 20:32
Las Fallas 2022 ya tienen normativa fijada para su celebración. Sanidad ha marcado las condiciones en las que se celebrará la semana grande de la fiesta fallera en marzo de 2022. Las comisiones harán otro curso de coordinadores Covid.
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La Conselleria de Sanidad ha publicado un documento en el que se especifica toda la normativa que estará vigente en cada acto fallero, desde la plantà a la despertà, ofrendas, pasacalles y cremà.
-Las demarcaciones del espacio donde se celebrarán las actividades estarán señalizadas con normas y recomendaciones para la prevención de la COVID-19. Se recomienda que cada comisión cuente con la figura del coordinador/a COVID, persona con formación suficiente que conoce la normativa sanitaria vigente y dispone de criterios para aplicarla en el desarrollo de las distintas actividades. En ausencia del coordinador/a COVID, es recomendable que se haya explicado previamente las recomendaciones que hay que seguir para el desarrollo de los actos y que quede otra persona encargada de la supervisión del cumplimiento de las medidas.
- Se difundirán desde la organización llamamientos al público y participantes a celebrar unos actos festivos responsables.
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- Se recomienda que las actividades se realicen al aire libre en espacios delimitados y en caso de hacer uso de carpas con un máximo de dos laterales, para asegurar el desarrollo de las actividades en exterior con ventilación suficiente.
Normativa para los actos de FALLAS 2022
El uso de la mascarilla será obligatorio, excepto para las personas menores de 6 años. El desplazamiento a la ofrenda en medio de transporte colectivo se hará siguiendo las normas de uso del medio de transporte que marque la empresa operadora.
Está prohibido quitarse la mascarilla en el medio de transporte.
Se trata de una actividad de preparación que se desarrolla en su totalidad al aire libre, en la que la comisión puede participar ayudando al artista fallero junto a sus trabajadores, manteniendo las medidas y obligaciones generales para la ciudadanía y el uso de la mascarilla.
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Estos actos, con ámbito en la demarcación de la comisión fallera, se desarrollarán con distanciamiento social y se recomienda el uso de la mascarilla.
Se recomienda el uso de mascarilla, tanto para participantes como para el público que pueda asistir, excepto para las personas menores de 6 años.
Se deberá organizar evitando en lo posible las aglomeraciones, para lo que se establecerán los itinerarios que lo garanticen, que podrán ser modificados en cualquier momento para cumplir con dicha finalidad.
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Se procurará que los músicos se sitúen separados suficientemente de las y los falleros participantes.
El uso de la mascarilla será obligatorio para el público que pueda asistir, excepto para las personas menores de 6 años. No se exige el uso de mascarillas a las personas participantes.
Se deberá organizar evitando las aglomeraciones, para lo que se establecerán los itinerarios que lo garanticen, que podrán ser modificados si es necesario para cumplir con dicha finalidad.
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Los puntos de reunión previos al acto y el horario de desfile se determinarán con el fin de evitar aglomeraciones, teniendo en cuenta el número previsto de participantes para asegurar en todo momento que hay espacio suficiente.
El desplazamiento a la ofrenda en medio de transporte colectivo se hará siguiendo las normas de uso del medio de transporte que marque la empresa operadora.
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Está prohibido quitarse la mascarilla en el medio de transporte.
La comitiva se disolverá de forma progresiva y ordenada.
Se recomienda organizar una adecuada gestión de colas introduciendo normas de distanciamiento, previo aviso con señalización visible por el público.
Se implantarán en la medida de lo posible las medidas organizativas necesarias que eviten las aglomeraciones en los alrededores de la falla (cita previa para la visita, visitas virtuales...).
Se recomienda tomar medidas organizativas para asegurar espacio suficiente evitar las aglomeraciones.
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Se podrán realizar siguiendo la normativa sanitaria vigente en lo que se refiere a medidas relativas a actividades festeras tradicionales situadas en los municipios de la Comunitat Valenciana en las sedes festeras reguladas en el Decreto 28/2011, del Consell.
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