EUROPA PRESS
MADRID
Jueves, 27 de mayo 2021, 09:40
Miguel Bosé lleva meses siendo noticia en España. Primero por el pulso jurídico que mantiene con Nacho Palau por la custodia de sus hijos, posteriormente por mostrar su postura negacionista con el covid, por una polémica entrevista con Jordi Évole y por admitir su adicción en el pasado a las drogas y el sexo. También lo es por su faceta musical, ya que ha anunciado nuevos conciertos, entre ellos en Valencia. Y ahora también lo es por la condena que le ha impuesto la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha desestimado dos recursos presentados por el cantante Miguel Bosé contra una resolución judicial por intentar deducirse gastos personales como gastos de empresa, entre ellos la compra de jamones, y el músico deberá pagar una multa de más de 23.000 euros.
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Bosé, a través de la empresa Costaguana S.L. --sociedad dedicada a la gestión de las actividades artísticas del cantante--, interpuso recurso contra sendas resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid.
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La sentencia confirma que el cantante intentó incluir como gastos de esta sociedad algunos gastos personales, como la compra de productos ibéricos (jamón o lomo), la instalación de un circuito cerrado de televisión o reparaciones en el jardín de su vivienda.
Además, también intentó incluir los gastos asociados al renting de un vehículo Audi y otros gastos relativos a reparaciones de diversos automóviles, todos ellos rechazados.
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