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Nacho Roca
El Puig de Santa María
Viernes, 11 de octubre 2024, 09:32
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia en juicio oral por un delito de prevaricación a Luisa Salvador Tomás (PSPV), asistida del letrado ... Manuel Mata, ha sentenciado a la exalcaldesa de El Puig como autora de un delito de prevaricación, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años.
La exalcaldesa ha sido también condenada a pagar las costas causadas, incluidas las de la acusación popular y contra la decisión del tribunal cabe Recurso de Apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de diez días siguientes al de su última notificación.
Como se recordará, el origen del conflicto surgió en el ejercicio de su función como Alcaldesa del Ayuntamiento de El Puig de Santa María, el 25 de noviembre de 2019 en el expediente de comisión de servicios el ayuntamiento resolvió mostrar la conformidad de la alcaldía para que una funcionaria ocupara el puesto de interventora del ayuntamiento en comisión de servicios por tiempo de un año prorrogable, resolviendo al mismo tiempo solicitar la preceptiva conformidad a la comisión de servicios del ayuntamiento de Rafelbuñol por ser la administración local de procedencia de la funcionaria y la correspondiente autorización a la Dirección General de la Administración local, para efectuar al nombramiento como interventora en comisión de servicios de la funcionaria.
Sin embargo, las desavenencias por un informe emitido por la interventora la alcaldía resolvió invalidar el decreto para que la funcionaria ocupara el puesto de interventora en comisión de servicios, paralizando el procedimiento administrativo e impidiendo el nombramiento solicitado por la funcionaria, que cesó en sus funciones el 3 de diciembre de 2019. El motivo fue el informe de intervención relativo al control de gastos del personal del año en curso, días antes del pleno, que no fue del agrado de la entonces alcaldesa, lo que motivó la destitución de la interventora.
El juzgado de Instrucción número 3 de Massamagrell instruyó el Procedimiento Abreviado, con juicio oral que tuvo lugar el día 4 de octubre de 2024, en la Audiencia Provincial de Valencia. Por el Ministerio Fiscal se calificó los hechos como constitutivos de un delito de prevaricación de la que era autora la acusada la exalcaldesa sin que concurrieran circunstancias modificativas de la responsabilidad Criminal, solicitando la pena de 12 años de inhabilitación especial para el empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo con imposición de las costas procesales, y que ahora la sección quinta de la Audiencia Provincial de ha resulto con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve años.
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