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La justicia libera a un vecino de Aldaia de saldar sus deudas con Hacienda

La justicia libera a un vecino de Aldaia de saldar sus deudas con Hacienda

Con la Ley de la Segunda Oportunidad se la librado de pagar 40.000 € a diferentes entidades

P.S.

Valencia

Lunes, 21 de febrero 2022, 19:40

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrent ha aprobado la exoneración de las deudas por valor de 40.000 euros contraídas por un vecino de Aldaia frente a diferentes entidades privadas y públicas, entre ellas el Ayuntamiento de su ciudad y la Agencia Tributaria. El afectado acumuló varios préstamos y tarjetas con varios bancos y entidades financieras, a los que no pudo hacer frente después de que su empresa decretara un ERTE y su jornada laboral se viera reducida hasta el 80%, con la consecuente caída en sus ingresos.

Acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad le ha permitido librarse de una deuda de 38.889'17 euros, permitiendo mantener su vehículo y acogerse a un plan de pagos de la cantidad "no exonerable" de 163,33 euros durante cuatro meses.

Debido a esta ley, los acreedores no podían reclamar ningún pago, ni iniciar embargos, hasta que el deudor propusiera un plan de pagos a estos, mínimo durante tres meses. A través de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, se presentó dicha propuesta a todos los bancos en tiempo, la cual no aceptaron. Tras esto, los abogados de la Asociación presentaron la demanda de concurso de acreedores en el Juzgado, haciendo mención al intento de acuerdo sugerido sin éxito. En la misma solicitud se pidió directamente el perdón del total de deuda pendiente, ya que el interesado solo contaba con un coche en propiedad. Esta petición fue aprobada el pasado 7 de febrero por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torrent.

Entre los requisitos que cumplía para acogerse a esta ley se encuentra el estado de insolvencia de este vecino de Aldaia, que su deuda no superara los cinco millones de euros, o que hubiera intentado llegar a un acuerdo con sus acreedores. A partir de ahora, sus acreedores no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.

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