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La fachada del ayuntamiento. LP

Una sentencia da la razón al Colegio de Trabajo Social de Valencia por intrusismo profesional en la bolsa de empleo de Burjassot

La denuncia se interpuso porque el consistorio abrió la convocatoria a personas con la licenciatura o grado en pedagogía y psicopedagogía

A. D.

Burjassot

Viernes, 15 de abril 2022

El Colegio Oficial de Trabajo Social de Valencia ha ganado el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Ayuntamiento de Burjassot, que permitía acceder a las plazas de trabajo social de su bolsa a profesionales no titulados en esta disciplina.

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La sentencia recoge que el 12 de mayo de 2020 el consistorio publicó las bases de la convocatoria para la constitución de diversas bolsas de trabajo para atender a las necesidades de servicios sociales en las que se recogía una plaza de trabajo social para la que se exigía poseer la correspondiente diplomatura o grado en trabajo social.

El Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunitat Valenciana interpuso un recurso de reposición, es decir por la vía administrativa, para conseguir que sus profesionales pudieran acceder a las bolsas convocadas, tanto de Educación Social como de Psicología y de Trabajo Social. A raíz del mismo el consistorio publicó un decreto de alcaldía para modificar los requisitos, permitiéndose que pudieran concurrir personas que estuvieran en posesión de la licenciatura o grado en pedagogía y psicopedagogía. Esta modificación contradecía y contravenía lo dispuesto por el pleno municipal del propio Ayuntamiento el 29 de enero de 2020 (BOP 10/02/2020).

A pesar de las conversaciones con el consistorio para encontrar una solución negociada a este conflicto, no hubo acuerdo y "para garantizar las condiciones de acceso a nuestra profesión y la calidad asistencial de la ciudadanía, el pasado mes de septiembre de 2021, desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Valencia interpusimos un recurso contencioso administrativo para argumentar que dichas profesiones no tienen la formación necesaria para desarrollar las tareas del trabajo social", señalan.

Resolución favorable

La sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Valencia resuelve favorablemente afirmando que “debe existir una proximidad entre los conocimientos adquiridos por la titulación que se invoca y las funciones a desarrollar en el puesto de trabajo” y que por ello “resulta relevante la definición legal de la condición de trabajador social” que se desprende de los estatutos de nuestro colegio profesional.

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El juez concluye que "no se observa que en los planes de estudios de las titulaciones de pedagogo y psicopedagogo se adquieren los conocimientos necesarios". Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de Valencia "nos felicitamos por esta resolución".

Aunque el recurso estaba pendiente de resolución el examen de acceso tuvo lugar el día 24 de septiembre de 2021. Por ello, desde el Colegio señalan que "nos ponemos a disposición del Ayuntamiento de Burjassot para ayudar a resolver la problemática derivada de haber continuado adelante con este proceso selectivo al que concurrieron numerosas personas colegiadas de Valencia".

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Desde el Colegio Oficial de Pedagogos y Psicopedagogos de la Comunitat señalaron que su recurso de reposición se basó en que los colegiados cuentan con la formación necesaria para optar a los puestos de trabajo convocados, recordando además que la justicia ha confirmado la legalidad de su participación en las bolsas de Educación Social y Psicología mediante sentencia firme.

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