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R. C.
Calp
Lunes, 30 de agosto 2021, 10:20
La Agencia Valenciana Antifraude ha archivado el expediente abierto a Calp en relación al proceso de contratación de un evento de promoción turística que tuvo lugar en la localidad en noviembre de 2019. Decisión que ha trasladado al ayuntamiento.
Según han explicado fuentes municipales, Antifraude ha dado ese paso después de que el consistorio haya aceptado parcialmente las recomendaciones propuestas y haya justificado los motivos por los que no acepta el resto de recomendaciones.
Esta institución determinó, a partir de una denuncia anónima y tras una investigación, la existencia de irregularidades en la contratación de dicho evento de promoción turística. En este sentido, indicó que la empresa adjudicataria presentó la documentación requerida fuera de plazo y que el contrato se formalizó con posterioridad a la celebración de las jornadas.
Asimismo la Agencia Valenciana Antifraude instó al Ayuntamiento a que adoptara tres recomendaciones. En primer lugar, debía implementar un plan integral de contratación; y tenía que declarar nulo de pleno derecho el contrato por considerar que cuando se formalizó ya se había ejecutado la actividad. También debía anular los trámites administrativos que permitieron aprobar la factura así como el pago de esta. Además, le indicaba que tenía que depurar responsabilidades tanto del personal como de las autoridades al servicio del Consistorio de Calp.
Por su parte, el ayuntamiento denunció que se había producido "indefensión", ya que la agencia había llegado a tales conclusiones sin haber tenido en cuenta las alegaciones que le había remitido.
A ello hay sumarle que desde Calp le remitieron un acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 16 de julio en el que dicho órgano municipal acuerda aceptar la primera recomendación y expusieron que ya tenían implantado un plan de contratación para el ejercicio 2021. Además indicaron que no proceden el resto de recomendaciones. El consistorio, en este sentido, siempre ha defendido la legalidad del procedimiento. Únicamente ha admitido que la formalización del contrato (el 27 de diciembre de 2019) tuvo lugar con posterioridad a la celebración del evento, para lo que consideró que se trataba de un “simple defecto formal cuyo incumplimiento no tiene consecuencia alguna, ni puede reputarse como causa de nulidad de pleno derecho”.
Ante todo esto, Antifraude ha acabado archivando el expediente.
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