EFE
Alicante
Lunes, 15 de octubre 2018, 17:16
La Audiencia de Alicante ha condenado a cuatro años y medio de prisión a un hombre que abusó sexualmente durante casi tres años de una niña, hija de su compañera sentimental.
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La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, relata que sometió a la menor a tocamientos de carácter sexual desde junio de 2009 a abril de 2012, desde los 8 a los 11 años de edad, en el domicilio familiar de la localidad de Dénia.
El tribunal sostiene que se aprovechó de la «autoridad paterna» que ejercía sobre la víctima y cometió los abusos de forma continuada mientras su compañera sentimental y madre de la menor se hallaba ausente.
Así, le acariciaba el culo, los pechos o el pubis mientras se encontraban tumbados en el sofá viendo la televisión y en alguna ocasión llegó a masturbarse al mismo tiempo.
En otras ocasiones, sorprendía a la menor mientras se duchaba para observarla desnuda «en actitud lasciva hasta que ella se percataba y, atemorizada, trataba de vestirse o abandonaba la habitación», añade el fallo, que puede ser recurrido en apelación.
La Sección Tercera de la Audiencia de Alicante asegura, asimismo, que el acusado, José S. B., de 38 años en la actualidad, «persistió en su actitud a lo largo del tiempo, aun después del nacimiento del hijo común de la pareja, en 2010».
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Es más, a partir de junio de 2011, incrementó la frecuencia de los abusos después de que la familia se mudara a otra región española por razones de trabajo de la mujer, que pasaba por ello menos horas en casa.
La niña ha sufrido un trastorno de estrés postraumático por la experiencia vivida que ha perjudicado su «desarrollo personal, emocional y social», según la sentencia.
Los abusos fueron denunciados en abril de 2012, después de que la menor abandonara el domicilio familiar y reuniera «el valor suficiente para contarle lo sucedido a su abuela«, recoge la resolución judicial.
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La Audiencia de Alicante considera a José S. B. autor de un delito continuado de abuso sexual y, además de la pena de cárcel, le ha impuesto cinco años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse a la víctima durante nueve años y medio.
Igualmente, el acusado deberá indemnizar a la pequeña con 3.000 euros por los daños morales que le ha ocasionado.
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