![El aviso de la DGT sobre la documentación del coche para evitar una multa de 500 euros](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202206/01/media/cortadas/documentos-coche-dgt-U22583706722AGq-624x385.jpg)
![El aviso de la DGT sobre la documentación del coche para evitar una multa de 500 euros](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/202206/01/media/cortadas/documentos-coche-dgt-U22583706722AGq-624x385.jpg)
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C.B.
Miércoles, 1 de junio 2022, 08:58
Con la llegada del verano y, consecuentemente, las vacaciones para muchas personas, se produce un aumento de los viajes por carretera y también los controles por parte de la Dirección General de Tráfico. (DGT).
Si por algún motivo has olvidado la documentación obligatoria, la DGT recuerda que tienes la posibilidad de llevarlo en todo momento en tu dispositivo móvil gracias a su aplicación móvil. Eso sí, necesitas de una conexión a internet para poder acceder a ello.
Actualmente, con la app #miDGT te puedes descargar tu permiso de conducir y los permisos de circulación de los vehículos de los que eres titular. En un futuro se incluirán otras funcionalidades.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) March 26, 2020
Consulta ➡️https://t.co/1SMYXYIgrs o sigue #hilomiDGT#miDGT es la nueva #DGT pic.twitter.com/pDj0gpcZaz
La DGT explica que que dentro de la aplicación móvil miDGT está disponible tanto el permiso de conducir como el permiso de circulación de tu vehículo, con la misma validez legal que los documentos físicos para conducir dentro del territorio español.
En caso de no disponer de algunos de estos documentos puedes ser multado.
Documentos que hay que portar en el vehículo:
-El permiso de conducir es un documentos que siempre ha de llevar todo conductor. Debe estar siempre en vigor y con al menos un punto en su haber. Este el título que acredita que una persona está capacitada para conducir un tipo de vehículo.
- El permiso de circulación siempre ha de viajar en el coche ya que garantiza que cumple las características y homologaciones legales. Este documento incluye la información técnica, el modelo, número de bastidor, cilindrada y potencia, etc. En su defecto, el vehículo ha de contar con una autorización provisional de la Jefatura de Tráfico.
- Si el vehículo ha cumplido cuatro años debe viajar en su interior con la tarjeta de la ITV. La Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos indica el consumo, emisiones, si se ha pasado la revisión obligatoria y si presentar defectos mecánicos peligrosos.
La normativa de la DGT obliga al propietario de un vehículo a tener contratado un seguro obligatorio de responsabilidad civil para cubrir posibles daños a terceros. Desde 2008 no es necesario llevar en el coche la póliza del seguro y el recibo del último pago en vigor, ya que los agentes pueden comprobar en el momento si el vehículo está asegurado. No obstante, no está de más llevarlo aunque sea en el teléfono móvil.
Asimismo, circular con un vehículo que no disponga de este seguro acarrea una multa que va de 601 a 3.005 euros, según el criterio del agente.
Las multas que pueden acarrear ir sin alguno de estos documentos:
Permiso de conducir:
- No llevarlo encima 10 euros.
- Datos no actualizados: 80 euros.
- Permiso caducado: 200 euros.
- Conducir con una autorización que no habilita: 500 euros + 4 puntos.
- Permiso sin puntos: la multa llega a los 500 euros y además se trata de una infracción tipificada como muy grave.
Permiso de circulación:
- No llevarlo encima: 10 euros.
- Si no posee autorización administrativa para poder circular: 500 euros.
Tarjeta ITV:
- No llevarla encima: 10 euros.
- Conducir con la ITV caducada: 200 euros.
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