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Cambio en los radares de la DGT en España: esta es la nueva velocidad a la que saltan Guillermo Navarro
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Cambio en los radares de la DGT en España: esta es la nueva velocidad a la que saltan

Evitar el exceso de velocidad en los conductores españoles sigue siendo una de las prioridades del organismo de tráfico Dónde están las más de 200 cámaras de visión artificial que ha instalado la DGT

M. O

Lunes, 6 de mayo 2024, 20:00

En la carretera, la seguridad es lo primero. Evitar accidentes en los que las personas que circulan por la vía puedan resultar heridas o, incluso, perder la vida, es de las mayores prioridades de la Dirección General de Tráfico (DGT). Es por ello que existen numerosas normas y reglas para los conductores, aunque también para los peatones.

Cuando estamos aprendiendo a conducir, aprender las señales y los límites establecidos en las diferentes situaciones y vías forma parte de las lecciones más importantes para sacarse el carnet. Del mismo modo, una vez ya estamos al volante, debemos seguir cumpliendo estas reglas.

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Aunque lo ideal sería que todos las respetásemos por iniciativa propia, lo cierto es que esto no siempre ocurre y, por ello, se aplican sanciones y multas a quienes no cumplen con la normativa de tráfico en España. Estas pueden ir desde causas como aparcar en un lugar no permitido hasta otras como conducir sin cinturón.

De este modo se intenta disuadir de que se produzcan comportamiento y situaciones en la vía que pongan en peligro a los usuarios, previniendo accidentes y la siniestralidad en la carretera. Los radares son unos de los elementos cruciales para controlar la velocidad de los ciudadanos y sancionar a quienes no respeten los límites establecidos.

Para que un radar salte y detecte que alguien rebasa los límites de velocidad, hasta hace poco había un margen de error que permitía al conductor ir a unos pocos kilómetros por hora más de la marca, recogido en el control metrológico del Estado. En concreto, se trataba de un máximo de 5 km/h (kilómetros por hora) en velocidades inferiores a los 100 km/h en rades fijos y de tramo, y para velocidades superiores a 100 km/h el margen de error era del 5%. En los radares móviles, existía un margen de 7 km/h cuando la velocidad no supera los 100 km/h, para cuando lo superen, era del 7%.

Nuevos márgenes de error en los radares

Pero los parámetros indicados anteriormente han cambiado. Una orden ministerial reciente ha indicado que se deben ajustar los márgenes de error de los radares, de modo que haya menos kilómetros de maniobra para los conductores y se tengan que ajustar más a los límites.

Con estas nuevas normas, el margen para los radares fijos en mediciones que no superan los 100 km/h es de 3 km/h, y para las mediciones que son por encima de esos 100 km/h sería del 3%.

En el caso de los radares móviles, el margen de error máximo es ahora de 5 km/h para mediciones inferiores o iguales a los 100 km/h y del 5% para los que sí superen los 100 km/h. Así, por ejemplo, si la vía está limitada a 50 km/h, un radar móvil multaría a partir de los 55 km/h.

Multas por exceso de velocidad

Tal como indica la DGT en su web, las sanciones económicas por superar los límites de velocidad van entre los 100 y los 600 euros, mientras que la retirada de puntos oscila entre los 2 y los 6. Además, especifican lo siguiente:

«Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones (indicado en su web) El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite».

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