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Canal Motor
Lunes, 15 de enero 2024, 13:51
El consumo de alcohol se mantiene como la segunda causa concurrente más frecuente en los siniestros de tráfico. Tal y como se desprende la Memoria de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses con la colaboración del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, más de la mitad (51,9%) de los conductores fallecidos en carretera que fueron sometidos a autopsia y a un análisis toxicológico, dieron positivo en alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación. Una cifra preocupante si tenemos en cuenta, además, que supone un 2,5% más que en el año anterior.
La Memoria destaca también que el 72,6% de los 451 conductores fallecidos con resultados positivos arrojó una tasa de alcoholemia muy alta, igual o superior a 1,2g/L, lo que correlaciona grados de intoxicación muy severa.
En cualquier momento y lugar podemos ser llamados a soplar en un alcoholímetro o a dar una muestra de nuestra saliva, ambas incluso, para confirmar que cumplimos con una de las reglas del tráfico: que nuestras capacidades necesarias para conducir permanecen intactas.
Aunque el alcohol es el principal enemigo del coche, en algunos casos puntuales se pueden producir falsos positivos en el alcoholímetro y uno de los causantes de esto puede ser el enjuague bucal, ya que es frecuente que los colutorios lleven entre sus ingredientes alcohol, una cantidad suficiente como para superar el límite de 0,25 miligramos por litro.
Pese a que el enjuague bucal no se ingiere, si se realiza un control, el aire expirado sí contiene alcohol y esto puede dar positivo en el alcoholímetro que utilizan los agentes de la Guardia Civil en estas mediciones.
Si esto ocurre, se debe de repetir la prueba por segunda vez y si continúa dando positivo es necesario realizar una de contraste en el hospital, ya que se lleva a cabo un análisis de sangre.
Pese a que en un primer test se puede hasta cuadruplicar la tasa de alcohol, en el segundo el problema suele desaparecer, ya que el efecto del colutorio permanece durante unos 10 o 15 minutos como máximo. Por tanto, es posible que nos libremos del análisis de sangre y el tiempo que implica.
Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura es 0,0% ya que, aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, nuestro riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado.
Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Por su parte, el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En este punto, es importante resaltar también que, según los datos de la Fiscalía de Seguridad Vial de 2022, ese año hubo un repunte de la delincuencia vial, lo que se tradujo en 59.461 condenas por delitos de conducción bajo la influencia del alcohol y/o las drogas, la cifra más alta de toda la serie histórica desde la reforma del Código Penal llevada a cabo por la Ley Orgánica 15/2007.
Además, desde la entrada en vigor del Permiso por Puntos, alrededor del 13% de los infractores sancionados y del 13% de los puntos detraídos han estado relacionados con el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida.
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