Vengo de un tiempo lejano, aunque no tanto, en el que mi madre, por poner un ejemplo, necesitaba el permiso de mi padre para un ... montón de cosas de la vida. Lo del 'cabeza de familia' estuvo muy en vigor; y solo en mayo de 1975 se abordó una reforma sustancial del Código Civil que eliminó el permiso marital, aunque las regulaciones de igualdad jurídica y patrimonial hoy en vigor se alcanzaron en 1981. Si hablamos del voto femenino, ídem de lienzo: el derecho a votar lo alcanzaron las españolas en 1933, para eclipsarse pronto y no regresar hasta las grandes reformas democráticas de 1977.

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Pero hoy, en estos buceos de la colección antigua de LAS PROVINCIAS, queremos hablar especialmente del trabajo de la mujer, que solo vino a cambiar su normativa, después de siglos, con la ley de 13 junio de 1900, reguladora del bárbaro régimen laboral establecido desde tiempos oscuros. Así, es un gozo tropezar, en el periódico del 2 de diciembre de 1899, con el anuncio de una serie de proyectos de ley destinados a frenar la explotación en el trabajo femenino y e infantil, algo que se olvida, aunque choque mucho más con los ojos del siglo XXI.

El paquete legislativo que puso en marcha el gobierno de Francisco Silvela fue de un calado profundo, capaz de abarcar todo el mundo laboral español y dar un giro a la economía y a las relaciones sociales. Reguló el trabajo de niños y mujeres, así como el trabajo nocturno y el penoso, en una gama que iba desde los bomberos a la colocación de pararrayos. Y estableció un principio de seguridad que empezaba por un elemento clave: si el patrono aseguraba a sus obreros de modo adecuado podría quedar exento de indemnizaciones, una regla que extendió de inmediato la red protectora de los seguros de accidentes.

Asombra ver que esa ley, cuando estuvo en vigor, reguló dónde podrían trabajar o no los niños menores de diez años. Y decretó que, entre los 10 y los 14 años, los niños solo podrían trabajar seis horas. Y con respecto a la mujer, leemos que «no podrán ser sometidas a trabajos que excedan de diez horas diarias, y en estas se les concederán dos de descanso». También reguló la ley que la mujer no trabajara durante las tres semanas siguientes al parto y otras resoluciones que hoy se ven de lógica absoluta.

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No obstante, quedaron muchos flecos pendientes, y de ellos se ocuparon mujeres que escandalizaron no poco con sus demandas o reclamaciones. En 1901, el periódico llevó a su portada un discurso de doña Emilia Pardo Bazán en las fiestas de Ourense. Porque «encareció la necesidad de que el trabajo de la mujer sea remunerado igualmente que el del hombre». El atrevimiento de doña Emilia todavía está por resolver.

Con todo, el progreso social es una cadena de esfuerzos que desplegaron los reformistas, liberales y conservadores, partidarios de una inteligente «revolución desde arriba» tras el fracaso colonial del 98. Así se desprende de la lista de leyes sociales propuestas y debatidas en el Congreso. El balance lo publicamos el 15 de septiembre de 1911: «Leyes y proposiciones de ley beneficiosas para la clase obrera presentadas al Congreso por los diputados republicanos Pablo Iglesias y Lerroux desde 1º de enero de 1900 hasta el 15 de mayo de 1911; ninguna, absolutamente ninguna». La labor legislativa de liberales y conservadores, sin embargo, ocupa el resto de la información y sin duda puede ser útil para los investigadores actuales de los cambios sociales en España.

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