¿Es posible la reconstrucción con la actual normativa?
MARÍA ESCAMILLA FAUS, PRESIDENTA DEL COLEGIO DE SECRETARIOS, INTERVENTORES Y TESOREROS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE VALENCIA
Domingo, 27 de abril 2025, 22:54
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MARÍA ESCAMILLA FAUS, PRESIDENTA DEL COLEGIO DE SECRETARIOS, INTERVENTORES Y TESOREROS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE VALENCIA
Domingo, 27 de abril 2025, 22:54
El 29 de octubre de 2024 es una fecha marcada, desgraciadamente, en el calendario de todos los valencianos por una situación catastrófica. Los alcaldes y ... alcaldesas de los distintos municipios afectados estuvieron trabajando con sus vecinos, junto con los empleados públicos municipales que, en ocasiones, a pesar de haber resultado afectados como vecinos, se dedicaron a colaborar en las labores de limpieza, señalización de caminos o reparación de infraestructuras destrozadas por la DANA, en esas tareas o en la parte burocrática.
Agradeciendo el magnífico trabajo realizado por el cuerpo de Bomberos, Policía, Ejército, UME, así como Protección Civil y también a los numerosos voluntarios es imprescindible, si me lo permiten y con total humildad, destacar el papel de unos funcionarios, menos conocidos quizás, pero que han desempeñado y siguen desempeñando un papel fundamental en los municipios afectados. Son los «funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (FHCN)», más conocidos como Secretarios, Interventores, Tesoreros y Secretarios-Interventores. Han hecho posible que, entre tanto caos, se haya contratado personal, pagado las nóminas, se haya podido solicitar subvenciones a otras Administraciones, así como ayudar e informar a la ciudadanía que acudía al Ayuntamiento en busca de soluciones.
Transcurridos seis meses de la catástrofe, los municipios se encuentran ante una disyuntiva: cómo ejecutar las obras de infraestructura, de una envergadura considerable, con el importe ya ingresado por el Gobierno en las arcas municipales, en de los plazos concedidos para ejecutar las obras subvencionadas.
En ocasiones, los importes transferidos suponen hasta diez veces el presupuesto municipal, como en los municipios más afectados, la «zona cero». Esta inversión del Estado es más que necesaria, pero nos encontramos con falta de medios personales y técnicos para gestionar tales recursos en los plazos inicialmente concedidos para ello y ajustándose al marco legal de la contratación. Ello hace necesario acudir a externalizar tareas de índole técnica principalmente.
La ejecución de las obras requiere la tramitación de procedimientos de contratación que implican redacción de pliegos, plazos para presentación de ofertas, convocatoria y celebración de Mesas de Contratación, hasta culminar con la adjudicación del contrato. Seguir los cauces ordinarios del marco legal de contratación implica tiempo, cosa que ni las personas afectadas ni los políticos desean.
Aunar «la ejecución de las grandes obras de infraestructura dentro de plazos razonables y procedimientos ágiles» y «cumplir la legalidad y los principios esenciales de la contratación pública (publicidad, concurrencia, transparencia, igualdad y no discriminación)», será, a mi juicio, el éxito o el fracaso de la llamada «Fase de Reconstrucción».
Ante esta situación, es difícil que la ciudadanía comprenda que en el pueblo de al lado esté casi reconstruido el puente (porque se adjudicó un contrato de emergencia) y sin embargo, en su municipio, el colegio esté aún sin empezar (porque se ha tramitado un contrato de obra por procedimiento abierto, que además está sujeto a regulación armonizada).
Se prevé legalmente la tramitación de emergencia para acontecimientos catastróficos y, por supuesto, a priori, la DANA encaja en esta categoría, debiendo analizarse individualmente cada situación y para ello debemos aplicar el sentido común, teniendo en cuenta que acudir a esta tramitación de emergencia supone prescindir absolutamente del procedimiento de contratación y permite adjudicar directamente un contrato a un tercero, incluso sin disponer de crédito presupuestario suficiente para ello. La realidad es que la tramitación de emergencia de los contratos se ha convertido, para muchos políticos, en «la única opción para abordar la ardua tarea de la Reconstrucción y poder cumplir con los plazos».
Por tanto, hay que reflexionar sobre la siguiente cuestión: si no existiera límite temporal para ejecutar esta obra, ¿sería emergencia o sólo aplicando la tramitación urgente o el procedimiento negociado sin publicidad por causa de imperiosa urgencia sería suficiente? Como ciudadano o ciudadana, ¿me parece correcto «adjudicar a dedo»?
Ante la realidad actual, quizá sea necesario plantear una modificación del marco normativo que ampare situaciones como la que nos encontramos, en las que quizá la tramitación de emergencia no sea la solución más adecuada, y se puedan utilizar procedimientos que, además de reducir plazos, garanticen mínimamente los principios de la contratación pública antes citados.
No obstante, y sin perjuicio de lo anterior, el marco actual de la contratación ofrece alternativas a los procedimientos tradicionales de contratación hoy día muy poco utilizadas y que agilizarían los procedimientos, como los sistemas dinámicos de adquisición, sistemas de cooperación pública, compra conjunta específica, procedimiento negociado sin publicidad por causa de imperiosa urgencia, la tramitación urgente.
Como conclusión, desde la óptica de una Secretaria-Interventora, si no somos capaces de dar soluciones a las situaciones reales que vive la sociedad en momentos como este, respetando los principios constitucionales que garantizan nuestro Estado de Derecho, modificando si fuese necesario nuestro marco normativo, algo no estamos haciendo bien.
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