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Alfonso Basterra y Rosario Porto (d), padres de la niña Asunta Basterra Porto
La defensa de la madre de Asunta avisa de «consecuencias perniciosas»

La defensa de la madre de Asunta avisa de «consecuencias perniciosas»

Considera "prematuro" el cierre de la instrucción sobre la muerte de la menor, ocurrida en septiembre del año pasado

EFE

Viernes, 20 de junio 2014, 11:19

La defensa de la madre de la niña Asunta Basterra, Rosario Porto, considera "prematuro" el cierre de la instrucción sobre la muerte de la menor, ocurrida en septiembre del año pasado, y avisa de que "puede tener consecuencias más perniciosas que las que supuestamente se tratarían de evitar".

En declaraciones, el letrado que ejerce la codefensa de Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, ha explicado que "se dice que las diligencias propuestas por las defensas son abusivas y sólo buscan dilatar el procedimiento" cuando, según sostiene, "en realidad la dilación, mucho mayor, se producirá con la negativa a practicar esas diligencias, pues se estarán vulnerando derechos fundamentales de los imputados y ello conllevará la nulidad de las actuaciones por causarles indefensión".

Aranguren ha señalado, además, que ha interpuesto recurso de reforma contra el auto, comunicado el jueves a las partes, por el que se da por concluida la instrucción por lo indicado anteriormente y, además, "porque todavía no se resolvió, aunque sí se admitió a trámite, otro recurso anterior contra la denegación" de sus "diligencias de investigación", ha apostillado.

"El auto de 18 de junio, además de poner fin a la instrucción, sólo hace referencia a las diligencias propuestas por la defensa de Basterra, no a las mías, que ya habían sido propuestas y rechazadas por auto de 11 de junio, frente al que recurrí en reforma", ha puntualizado.

En cuanto a los escritos de conclusiones provisionales, la defensa de Porto ha señalado que primero serán las acusaciones pública y popular quienes han de presentar las suyas y, de ellas, se les dará traslado a las defensas para formular las suyas, en base al artículo 29 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.

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