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Imagen de archivo del edificio de Burjassot.
El marasmo legal de reabrir Canal 9

El marasmo legal de reabrir Canal 9

El Consell no puede crear una nueva empresa para emitir antes de haber liquidado por completo RTVV

Juan carlos ferriol

Jueves, 10 de septiembre 2015, 21:19

La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, hizo evidente el pasado viernes la quiebra de esa alianza de intereses comunes que los trabajadores de RTVV y los grupos políticos de la oposición -cuando el PP de Alberto Fabra aprobó el cierre del ente público- habían mantenido más o menos en pie hasta la fecha con el compromiso de la recuperación de Canal 9. La campaña electoral y la promesa de Ximo Puig de reabrir la televisión pública el 9 dOctubre marcó el punto álgido de una relación que se ha ido deteriorando a medida que el calendario pasaba las hojas y quedaba claro que una reapertura con tanta premura resultaría imposible.

Oltra aludió el viernes a la posibilidad de que el Gobierno del que forma parte prevaricara al adoptar alguna decisión para forzar la apertura, incluso con una programación enlatada, para esa fecha. A finales del mes de julio, el propio Ximo Puig admitía ya el "marasmo legal" que dificultaba la posibilidad de que Canal 9 volviera a aparecer en las parrillas de televisión en la fecha comprometida. La supresión del servicio de Radiodifusión y Televisión, y el proceso de cierre y liquidación de la empresa RTVV, son algunos de los componentes de ese campo minado en que, según los que lo conocen, se ha convertido la eventual reapertura del ente.

Dos decisiones aprobadas en una única ley

¿En qué consiste ese marasmo legal al que aludía Puig? El Consell de Fabra aprobó el 27 de noviembre de 2013 la Ley de Supresión de la Prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU. Una única ley, pero dos decisiones: la de suprimir el servicio que permite la emisión y la de liquidar la empresa que lo presta. De la mano del alto comisionado nombrado para este asunto, José María Vidal, el tripartito impulsa ahora una propuesta de ley para dejar sin efecto esta norma. Suprimida la ley, se explica, el Constitucional puede desembarazarse del recurso presentado contra ella, y la recuperación de las emisiones se acerca.

La cláusula del ERE sobre los trabajadores

El Consell podría optar por paralizar el proceso de liquidación de RTVV. Un escenario que parece descartado toda vez que el propio ERE de extinción de la empresa incorpora una cláusula que prevé la reincorporación de los empleados de la antigua empresa en el caso de reapertura antes del 30 de junio de 2017. No es un escenario sobre la mesa del presidente de la Generalitat.

Para crear otra empresa debe liquidarse la primera

La alternativa, por lo tanto, es que la derogación de la ley que suprimió el servicio de radiodifusión y ordenó el cierre de la empresa RTVV venga acompañada de la creación de un nuevo ente público, bien sea en la misma proposición de ley o en otro texto -el Estatuto de Autonomía establece una reserva legal a la regulación de la prestación de este servicio público en su artículo 56-.

Y ese paso no puede darse mientras la actual empresa siga en liquidación. Al tratarse de un único servicio público, no se debería de poder llevar a cabo la creación de un nuevo ente sin haber extinguido de forma completa la mercantil anterior, ahora en liquidación. Es decir: para recuperar la emisión hace falta recuperar la ley que permite prestar el servicio y crear una empresa que así lo haga. Y esto segundo sólo puede hacerse si la anterior empresa está plenamente liquidada.

Sin liquidación, no pueden usarse materiales de TVV

El inconveniente no es menor. Si ese proceso de disolución no está completado, los tribunales podrían interpretar que el Consell estaría creando otro medio de comunicación público con diferente forma jurídica sin liquidar el anterior con el objetivo de evitar una sucesión empresarial. Una apreciación que sería más evidente si cabe en el caso de que la nueva empresa utilizara los materiales propiedad de RTVV, como el edificio de Burjassot, el archivo audiovisual o la red de transporte de la señal. No se trata de un asunto menor. Hoy por hoy, el Consell no podría utilizar esos medios por otro medio. Y hacerlo podría ser susceptible de considerarse como un alzamiento de bienes en el que podrían incurrir los liquidadores. Entre otras razones, porque estos activos no son del Consell ni de libre disposición hasta la extinción de RTVV, sino que responden de las deudas sociales de la mercantil.

Los extrabajadores de RTVV pueden recurrir

¿Qué consecuencias tiene esa posición? Lo que resulta evidente es que si acude a esta fórmula, el Consell de Puig estaría escapando del escenario de readmitir a los 1.600 trabajadores del ente público, que los «exrepresentantes de los trabajadores», en terminología utilizada el viernes por primera vez por Oltra, vienen reclamando. Una petición que el Consell no tiene en ningún caso en su hoja de ruta. La creación de un ente diferente exigiría que cualquier persona que quisiera trabajar en la empresa tendría que ser elegida en un proceso de pública concurrencia y no de entre los 1.600 trabajadores de RTVV. Y cualquier proceso de selección que se hiciera podría ser recurrido.

Una propuesta con menos garantías y debate

Los miembros del tripartito han argumentado esta semana que no quieren tramitar por lectura única la proposición de ley para derogar la ley que suprimió el servicio de RTVV. Los socialistas acusaron en 2014 al PP de incurrir en fraude de ley por recurrir al mismo procedimiento para liquidar el ente. La proposición de ley no exige además el informe de la Abogacía de la Generalitat y del Consejo Jurídico Consultivo, que ante un caso como éste parece aconsejable.

¿Y con qué empleadosse podría contar?

En la actualidad hay siete extrabajadores de RTVV que pasaron a ser trabajadores de la Entidad Pública de Infraestructuras (EIGE) con funciones exclusivamente técnicas y de mantenimiento de la red, y sin competencias para comenzar las emisiones. Además, hay otros 23 trabajadores documentalistas en Culturarts encargados de velar por la salvaguarda del archivo documental y su digitalización que sigue siendo propiedad de RTVV, y que como está en proceso de extinción y son garantes de su deuda, no puede trabajarse con el mismo. Son, en conjunto, una treintena de trabajadores pero que, en realidad, no tienen competencias para desarrollar esas funciones.

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