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El Consell da un año para eliminar los símbolos franquistas o los retirará incluso de edificios privados

La ley de Memoria Democrática hace una «condena explícita del régimen» del dictador y prevé sanciones de hasta 150.000 euros

J. C. F.

Jueves, 14 de julio 2016, 21:54

Uno de los anuncios del seminario que el Consell celebró el pasado fin de semana en Torrevieja fue el de la elaboración de una Ley de Memoria Democrática, un texto que seguiría la línea de la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, destinada a reparar la memoria de quienes sufrieron las consecuencias de la Guerra Civil. El anteproyecto de ley, a cuyo texto ha tenido acceso este diario, establece un plazo máximo de doce meses para la retirada de «toda exhibición pública de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones, como el callejero, inscripciones y otros elementos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública realizados en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo de la sublevación militar de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial».

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Así lo recoge la disposición adicional primera del texto que ya está siendo sometido a dictamen por parte de los preceptivos órganos consultivos y que fija ese plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la ley. Un plazo que vale tanto para los edificios públicos como para los privados, y que no admite excepciones.

De hecho, el artículo 28 advierte de que, salvo informe favorable del Instituto de la Memoria -cuya creación prevé esta ley- «no se considerará que existen razones artísticas o arquitectónicas para el mantenimiento de elementos de exaltación de la Dictadura» ni en los casos de placas, escudos, insignias, inscripciones sobre edificios o lugares históricos, ni en los casos de «alusiones que desmerezcan a la legalidad republicana y a quienes la defendían» ni a personas participantes, «instigadoras y/o legitimadoras de la sublevación militar de 1936 y de la Dictadura franquista».

El apartado 4 de ese artículo avisa de que cuando los elementos «estén colocados en edificios de carácter privado con proyección a un espacio o uso público, las personas propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos».

¿Y qué ocurre si se niegan? El apartado número 10 del mismo artículo resuelve la duda. «Transcurrido el plazo dado sin que se haya procedido a la retirada de dichos elementos, la Generalitat podrá realizar la retirada subsidiariamente, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente». Una referencia que alude a la ejecución subsidiaria recogida en la Ley del procedimiento administrativo, y que establece que es la administración la que puede ejecutar algunos actos si no han sido cumplidos por el interesado, y con cargo a éste.

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El texto sobre el que trabaja el Gobierno valenciano prevé, entre otras novedades respecto a la Ley de Memoria Histórica, un régimen sancionador. De la norma aprobada por Zapatero se había cuestionado su carácter «buenista», precisamente por esa ausencia de capacidad sancionadora ante las eventuales actitudes sumisas. La norma valenciana prevé sanciones leves, graves o muy graves, que pueden llegar en este último caso a los 150.000 euros de multa. ¿En qué casos se aplican las sanciones más graves? La Ley alude a la realización de excavaciones, en busca de restos de víctimas desaparecidas, sin la preceptiva autorización de la Generalitat, o la construcción sobre terrenos donde se presuma la existencia de restos humanos de víctimas desaparecidas -de acuerdo con los mapas que se elaborarán con las zonas donde se presuma que puedan hallarse-. También la destrucción de fosas de víctimas y la omisión del deber de conservación que pueda acarrear la pérdida, destrucción o deterioro irreparable de bienes que recibieran la consideración de memoria democrática.

El texto hace alusión, en su exposición de motivos, a la necesidad de responder «al derecho de la sociedad a conocer la verdad de los hechos acaecidos desde el inicio de la sublevación militar contra la República, la consiguiente Guerra Civil, la posterior Dictadura franquista y el periodo de transición a la democracia». Por eso, se realiza una «condena explícita del régimen franquista» y se señala que la democracia «ha de reconocer la memoria y la dignidad de todas las víctimas del franquismo y también las de la violencia política incontrolada a la retaguardia republicana».

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La norma valenciana, inspirada en la legislación sobre este mismo tema de Andalucía, País Vasco y Navarra, establece el 28 de marzo como día de recuerdo y homenaje a las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura. En el apartado de víctimas prevé la elaboración de un censo en la Comunitat así como de mapas de las zonas en las que se localicen o se presuma que puedan localizarse restos de víctimas desaparecidas. La Generalitat llevará a cabo las actuaciones necesarias para «recuperar e identificar» esos restos. También se creará un catálogo de lugares de la memoria democrática en el que se inscribirán los parajes o itinerarios que por su significación histórica vinculada a la sublevación militar o la Guerra Civil pueda ser de interés para la Comunitat. La ley prevé crear un banco de ADN para identificar a las víctimas así como una comisión de la verdad.

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