efe
Martes, 19 de julio 2016, 10:54
La nueva Radiotelevisión Valenciana, cuyo nombre es Corporación Valenciana de Medios de Comunicación, tendrá la siguiente estructura, según la ley del servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico, de titularidad de la Generalitat, que entrará en vigor mañana:
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Corporación valenciana de medios de comunicación
Entidad pública con personalidad jurídica propia encargada de la prestación del servicio público audiovisual, integrada en el sector público instrumental de la Generalitat y adscrita a la Presidencia de la Generalitat, sin que eso afecte a su autonomía e independencia.
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Sus objetivos generales y de programación se establecerán en un mandato marco, que Les Corts aprobarán por mayoría de tres quintos y se revisará cada seis años, y se desarrollará en un contrato programa, que tendrá una duración de tres años.
La Corporación ejercerá la función de servicio público directamente y a través de la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación de la Comunitat Valenciana.
Ofrecerá una oferta televisiva basada en un canal generalista y en otro más tematizado; una oferta radiofónica con un canal general y otro temático sobre música y cultura valenciana; y una plataforma tecnológica con contenidos interactivos y transmedia en valenciano.
Estructura
La Corporación se estructura en los siguientes órganos:
- EL CONSEJO RECTOR: es el máximo órgano de gobierno y administración de la Corporación. Desarrollará las funciones de dirección y representación ordinarias a través de la presidencia de la Corporación, y la dirección ejecutiva a través de la Dirección General.
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Compuesto por diez personas: cinco propuestas por Les Corts, una por el Consejo de Ciudadanía, dos por el Consejo Audiovisual, una por los trabajadores de la Corporación y una elegida por Les Corts a propuesta del Consejo Audiovisual para ocupar la presidencia.
Se reunirán en sesión ordinaria, al menos, una vez al mes, y todos cesarán si al liquidar el presupuesto anual de la Corporación hay un déficit igual o superior al 10 % de la compensación otorgada para prestar el servicio público, o una disminución de más del 25 % de los ingresos propios previstos.
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- PRESIDENCIA DEL CONSEJO RECTOR: su titular ejercerá también la Presidencia de la Corporación. Desempeñará la dirección ordinaria de la Corporación, con una retribución equivalente a una secretaría autonómica de la Generalitat. Se elegirá en Les Corts por mayoría de dos tercios para un mandato de seis años.
- DIRECCIÓN GENERAL: la corresponde la dirección ejecutiva de la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación de la Comunitat Valenciana y de las demás sociedades dependientes de la Corporación.
Será propuesto por el Consejo rector, a partir de un concurso público. Su nombramiento será por tres años, y tendrá la condición de personal laboral de alta dirección y dedicación exclusiva.
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- SECRETARÍA DEL CONSEJO RECTOR: la ejercerá, con voz pero sin voto, un funcionario de carrera para cuya plaza se exija la licenciatura en Derecho, que no tendrá la condición de consejero.
- EL CONSEJO DE LA CIUDADANÍA: el órgano asesor en materia de programación y de contenidos, y ejercerá la defensa de la audiencia. Lo formarán trece personas: nueve propuestas por varias asociaciones y entidades de la Comunitat y cuatro seleccionadas por el Consejo rector en un proceso público y abierto. Su mandato será de cinco años y se reunirán al menos una vez cada tres meses.
Tendrá un secretario, que será un funcionario de carrera con la licenciatura de Derecho, que actuará con voz pero sin voto.
- EL CONSEJO DE INFORMATIVOS: el órgano interno de la Corporación de participación de los profesionales que intervienen en el proceso de elaboración de los contenidos informativos, para velar por su independencia, objetividad y veracidad de los contenidos informativos difundidos.
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