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El Tribunal de Cuentas no reclama por el caso de la Fórmula 1

El Tribunal de Cuentas no reclama por el caso de la Fórmula 1

El organismo aprecia daño a las arcas públicas en la organización de las carreras y la venta de Valmor, pero admite que no puede actuar

A. RALLO

Viernes, 4 de noviembre 2016, 19:08

Existe un daño económico, los responsables están identidicados y se ha determinado la cuantía del quebranto. Así se expresa el Tribunal de Cuentas respecto a la compra de Valmor por parte de la Generalitat Valenciana. No obstante, el organismo admite que no corresponde un procedimiento de alcance -reclamar la recuperación del dinero- al no concurrir una serie de requisitos. En el caso de la adquisición de Valmor, por ejemplo, se explica el hecho de que las consecuencias económicas derivan de un acuerdo del Consell «que pone fin a la vía administrativa y cuya discusión sobre su nulidad y su inexistencia debían haberse ventilado en la jurisdicción contenciosa administrativa». Carece la instructora de la potestad para declarar la nulidad de aquello y de los posteriores actos administrativos. Y la salida de fondos, casi 24 millones de euros, fueron obligadas por esa decisión.

Los investigados, pendientes de que la juez resuelva sobre la petición de archivo

  • Los investigados en el caso Valmor (Camps, Johnson y Aspar) se encuentran a la espera de qué decide la juez respecto a la petición de archivo de su causa que presentaron hace unos meses. Estas acciones se produjeron tras la comparecencia de de la exconsellera de Educación Lola Johnson -lo hizo a petición propia- para ofrecer un relato bien diferente al que sostiene la Fiscalía Anticorrupción. Implicó a los expresidentes Camps y Fabra y a la exvicepresidenta Paula Sánchez de León.

  • El expiloto Jorge Martínez Aspar acaba de solicitar el archivo de la investigación contra él tras la comparecencia de Johnson, quien también podría optar por el mismo camino. Aspar es el único de los tres socios de la empresa Valmor, supuesta organizadora de los Grandes Premios, que se encuentra investigado. Ni Fernando Roig ni ningún responsable de Bancaja -los otros compañeros en la sociedad- figuran entre los imputados. El deportista considera que con la documentación que consta en la causa y los testigos que han declarado hasta la fecha queda exculpado. Todavía restan por declarar algunos testigos y la juez está pendiente del resultado de algunas diligencias.

Hay que recordar que el Tribunal de Cuentas realiza una investigación contable en paralelo a la judicial, pero sus conclusiones no son vinculantes. El informe, que no es definitivo, recoge una serie de irregularidades en varios de los apartados analizados, pero desemboca siempre en la misma conclusión: no se puede reclamar. Recuerda el Tribunal que para iniciar este tipo de procedimientos las acciones deben ser claramente al margen de las leyes y no una gestión o práctica reprochable. Además, el daño debe ser cuantificable y debe existir siempre una intencionalidad.

Analiza el instructor el acuerdo entre Valmor y Circuito Motor para la organización del Gran Premio. Existe una deuda de unos 14 millones porque la empresa de Aspar nunca pagó a la sociedad pública que, por otra parte, era la única que disponía de la licencia para la organización de las carreras. Pero, además, nunca se reclamó judicialmente. Esa cantidad pasó a formar parte del valor por el que se compró Valmor.

El siguiente punto controvertido es el pago del canon anual a la empresa de Bernie Ecclestone por parte de la Sociedad Proyectos Temáticos. El «daño» total son 60 millones de euros, según el dictamen del organismo. El Tribunal de Cuentas determina que se prescindió del «procedimiento establecido» y serían responsables los miembros de la Junta de Accionistas (el presidente era Gerardo Camps) por haber dado el visto bueno sin los informes pertinentes. Se estableció un contrato cuando, en realidad, se trataba de un convenio, de una concesión de ayuda para mantener un evento de supuesto interés general.

Pero, de nuevo, recuerda la especialista que esto debió recurrirse en su día ante el Contencioso porque ahora lo que se encuentra ante el cumplimiento de un contrato entre dos empresas que da «aparente justificación las salidas de fondos».

Más claro, incluso, se aprecia al analizar el famoso aval de la Generalitat para sustituir a Bancaja y asegurar el pago del canon a la Fórmula 1. La decisión se adoptó «prescindiendo total y completamente» del procedimiento», pero no generó un «quebranto efectivo» a las cuentas públicas. La constitución de avalista no supuso «pagos» o que se asumieran «obligaciones financieras».

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