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Martes, 22 de septiembre 2020, 17:20
El Gobierno ha aprobado este martes una nueva ley del teletrabajo, que regulará el trabajo a distancia y llenará el «vacío legal» que existía hasta ahora. Hasta la fecha, la única normativa relacionada con el teletrabajo se recogía en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, el cual no ofrecía soluciones suficientes para el contexto inusual de la crisis del coronavirus.
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Esta nueva regulación se encuentra entre las más completas de Europa e incluso del mundo, y recoge tanto los derechos como los deberes de los empleados que realicen sus funciones desde casa.
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Acerca de las novedades que llegarán con la nueva ley de teletrabajo, los trabajadores se verán afectados por algunos aspectos, aunque la normativa trata de mantener los derechos y condiciones de los empleados.
En 2019, el Gobierno estableció la obligatoriedad de llevar un registro horario en todas las empresas para controlar cuántas horas trabaja cada empleado.
Esta medida deberá seguir respetándose aunque el trabajador no acuda presencialmente a la oficina. La compañía deberá implantar un sistema de registro horario, que debe «reflejar fielmente» el tiempo que la persona trabajadora dedica a la actividad laboral.
Por otra parte, los empleados que trabajen a distancia podrán flexibilizar su horario, respetando siempre los tiempos de disponibilidad obligatoria y la normativa sobre tiempo de trabajo y descanso.
De acuerdo con la nueva ley, el teletrabajo será voluntario y reversible para ambas partes, tanto para el empleado como para el trabajador.
Además, la norma recoge explícitamente que negarse a trabajar a distancia, pedir que se revierta el teletrabajo o la falta de adaptación «no serán causas justificativas» de despido ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
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Trabajar desde casa puede suponer una serie de gastos nuevos, como equipos, herramientas o incluso agua, luz o internet. Según la nueva ley, la persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con el desarrollo de su actividad laboral.
La negociación colectiva establecerá en cada caso la forma de compensación de los gastos derivados de esta forma de trabajo a distancia. En este sentido, José Canseca, profesor de Estrategia de Personas de EAE Business School, recomienda evaluar estos gastos y fijar una cantidad, que oscilaría entre los 40 y los 100 euros al mes. Aún así considera que los beneficios para las empresas serán superiores al coste.
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El real decreto-ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. Pero las empresas que ya tengan una regulación en vigor en su convenio colectivo podrán demorarlo hasta que éste pierda su vigencia. Si no hubiera un plazo de duración, se aplicará una vez transcurrido un año, plazo que puede llegar a un máximo de tres años si así lo pactan.
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