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La sentencia del caso Erial es sólo un paso más en el desenlace de uno de los mayores casos de corrupción, por el dinero recuperado, en la historia judicial valenciana. La Fiscalía Anticorrupción baraja ahora pedir el inmediato ingreso en prisión de Eduardo Zaplana sin ... esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo, órgano al que, sin duda, recurrirá el expresidente y su asesor fiscal, Francisco Grau. Los cuatro cabecillas confesos, el amigo de la infancia Joaquín Barceló, su jefe de gabinete Juan Francisco García y los Cotino, no pueden hacerlo. En su confesión ya renuncian a la posibilidad de recurrir el pronunciamiento del tribunal.
La Fiscalía decidirá en los próximos días qué criterio adopta en el caso del exministro, condenado a diez años de cárcel. Una pena de prisión de suficiente entidad. Hasta la fecha, la mayor condena a un político valenciano había sido la de la exconsellera de Turismo Milagrosa Martínez: nueve años de cárcel por el stand de Fitur. Fue la primera sentencia de corrupción del TSJ, en un momento especialmente convulso y el tribunal, quizá, trató de ser ejemplarizante.
El ministerio fiscal puede solicitar esta medida en cualquier momento, aunque lo habitual es tramitarlo nada más conocer la sentencia. Tras la solicitud del ministerio fiscal -en Erial no había más acusaciones-, el tribunal sentenciador, en este caso la sección Cuarta de la Audiencia, convocaría una vista donde acusación y defensa exponen sus argumentos.
No sería la primera vez que se insta a la convocatoria de esta vista. Ocurrió, por ejemplo, con el caso Blasco. Anticorrupción solicitó entonces, a los pocos días de conocer el fallo, el ingreso del exconseller de Inmigración en la cárcel. Como alternativa, planteaba la posibilidad de una fianza de dos millones de euros para eludir la prisión. El TSJ, no obstante, rebajó las pretensiones de la acusación. Le permitió seguir en libertad a cambio de una fianza de 200.000 euros, cantidad que consideraron apropiada y que la familia entregó. Una vez el Tribunal Supremo confirmó el fallo, Blasco ingresó en Picassent.
No existe un criterio inamovible. Se trata de una medida que se solicita para condenas a partir de seis años de prisión. Zaplana rebasa ese límite con creces si tenemos en cuenta la totalidad de la pena. Es cierto, no obstante, que ninguno de los delitos por sí solos, supera la barrera anterior. Pero también se analizan otras circunstancias particulares. Evidentemente, una es la gravedad de lo delitos como todos aquellos que generan los habituales ilícitos de la corrupción que tanto menoscaban la confianza en las instituciones.
Otro de los factores a tener en cuenta es el riesgo de que el condenado pueda eludir la acción de la Justicia. Una circunstancia que se ve exponencialmente multiplicada si se conoce la existencia de dinero en el extranjero o se han utilizado entramados opacos fuera de España para canalizar esos fondos. Ese podría ser un argumento esgrimido por Anticorrupción. También lo fue en su momento con Rafa Blasco.
La sentencia del caso Erial detalla un «ingenioso» sistema en el extranjero para el cobro, la gestión y la posterior repatriación del dinero. El dinero por el amaño de las ITV se trasladó a Luxemburgo a varias sociedades; Imilson y Fenix, que eran administradas de manera fiduciaria por Beatriz García Paesa. Luego es Joaquín Barceló el que se hace cargo de la firma para no comprometer la imagen de su jefe y amigo. Y más tarde interviene Fernando Belhot, el fiduciario uruguayo, que se encarga de la operativa de Andorra donde se llegaron a depositar nueve millones de euros de origen distinto al del amaño de las ITV.
Todo esto son indicios de que Zaplana, al igual que ocurrió en Luxemburgo y Andorra, pudiera disponer de fondos ocultos, también de procedencia delictiva, fuera de España.
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