La Fiscalía Anticorrupción también quiere que el inicial ponente del caso Erial, José Manuel Megía Carmona, sea apartado definitivamente del tribunal que juzgará el cobro de comisiones por parte del expresidente Eduardo Zaplana. De momento, se ha nombrado un ponente sustituto, Pedro Castellano. El ... ponente resulta clave, es la persona encargada de la redacción de la sentencia tras la deliberación con el resto de miembros del tribunal.
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La posición de la Fiscalía consta en el informe que ha entregado como parte del incidente de recusación que se ha abierto contra el magistrado. Este proceso se inició después de que el letrado Vicente Grima sostenga que existe una enemistad manifiesta con el juez a quien denunció hace más de 20 años por un supuesto cohecho a cambio de una supuesta reducción de pena.
El ministerio público analiza los escritos presentados por el letrado de Vicente Cotino donde se recoge la denuncia que presentó contra el magistrado donde incluso llegó a presentar escrito de acusación contra el aforado. Reclamaba ocho años y medio de prisión por el presunto cohecho que, presuntamente, se había ofrecido en un caso en el que participaba Grima.
Pero recuerda también que el propio magistrado denunció al abogado al deducir testimonio de unas afirmaciones que hizo el responsable legal durante las cuestiones previas de un juicio. En la mayoría de los supuestos, Megía y Grima han ido evitando sus caminos.
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Todo lo anterior demuestra, a juicio del fiscal, que se trata de «una situación incompatible con el artículo 1 de la Constitución por cuanto se producen en el ámbito judicial que comprometen la garantía de imparcialidad que debe presidir la función jurisdiccional estando sobradamente justificada la abstención presentada en su día por el magistrado». Sin embargo, la sección Cuarta rechazó la tesis de su compañero y rechazó que existieran motivos de abstención.
La Fiscalía recuerda que la «recusación planteada es coherente con el sentido de la justicia que debe presidir las actuaciones jurisdiccionales». De hecho, subraya que «no sólo debe hacerse justicia sino también parecerlo que se hace».
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Anticorrupción se sitúa, pues, al lado del letrado. «Desde esta posición de imparcialidad que debe presidir la función jurisdiccional ante la ciudadanía, como expresión de la justicia destinada precisamente a despejar cualquier sombra de duda en la difícil misión de juzgar, es palmariamente evidente que las causas de recusación alegadas están sobradamente justificadas».
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