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Un informe de la Agencia Antifraude con el título 'Reflexiones sobre conflictos de interés: su desconocimiento, la antesala de la corrupción' que se ha hecho público este mismo mes de diciembre recoge definiciones de esa práctica que podrían aplicarse a la actitud del número dos de esa entidad, el director de Análisis e Investigación Gustavo Segura, respecto al informe provisional sobre las comisiones de servicio en la Diputación de Valencia.
El documento al que ha tenido acceso este diario no menciona el caso en cuestión –el departamento que dirige Segura desde mayo de este año dio informe de veracidad a una denuncia sobre comisiones de servicio en la que aparece él mismo como una de las personas que en 2016 no logró plaza en el Ayuntamiento de Paterna–. Pero sí que identifica como tales aquellos comportamientos en los que un funcionario público «tiene intereses personales que pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales».
De hecho, esta es exactamente la definición que la OCDE aplica para lo que se conoce como un 'conflicto de interés real'. El mismo organismo, prosigue Antifraude, recoge como 'conflicto de interés aparente' aquella situación en la que «pareciera que los intereses privados de un funcionario público son susceptibles de sospechas porque puede influir indebidamente en el desempeño de sus funciones, aunque no sea el caso».
Una y otra definición podrían trasladarse a la situación de Segura. En 2016, como interventor del ayuntamiento de Lliria, solicitó una comisión de servicios para ocupar ese mismo puesto en el consistorio de Paterna –después de que quien ocupaba esa plaza, Beatriz Moreno, hubiera logrado en comisión de servicios la plaza de tesorera en la corporación provincial–. Cuatro años después, ya como director de Análisis e Investigación, Segura certifica la veracidad de la denuncia sobre varias comisiones de servicio en la Diputación, entre ellas la de Moreno, por haber obtenido sucesivas prórrogas sin que esa práctica estuviera prevista como tal en la ley. El informe provisional de su departamento concluye, además, que la dirección general de Administración Local debe emitir un informe sobre las mencionadas comisiones de servicio. Las fuentes de Antifraude consultas por este diario alegaron que el informe en cuestión afecta sólo a las comisiones de servicio de la Diputación y que Segura -director de Análisis e Investigación de la Agencia- «no es parte implicada» en este caso, aunque su nombre aparece cuando se recuerda que pidió sin éxito ocupar la plaza que dejaba vacante una de las altas funcionarias que sí logró comisión de servicios en la corporación provincial.
El informe de la Agencia Antifraude sobre los conflictos de interés señala que suponen un verdadero riesgo «de que el interés particular de un servidor público pueda interferir en el ejercicio adecuado de su juicio profesional». De hecho, entre las funciones de la agencia figura la de colaborar con los órganos competentes en materia de conflictos de intereses.
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