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El proceso para la selección de la anterior directora general de À Punt, Empar Marco, ha sido anulado. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia, no obstante, carece ahora de aplicación práctica debido al tiempo transcurrido y a la celebración ya de otro concurso con la designación de Alfred Costa. El fallo de la Sala de lo Contencioso evidencia los graves errores y la escasa preocupación del Consejo Rector por acatar la normativa.
Los magistrados, en definitiva, reprochan el escaso respeto a las incompatibilidades de dos de los responsables que debían elegir al nuevo director del ente. Por un lado, recuerdan el caso de Vergara, que era administrador de Publicaciones Turia, editora de la cartelera Turia. Las normas impiden que alguien con responsabilidades en empresas periodísticas ocupe también un puesto en el Consejo. Pero es que, además, tras darse de baja como administrador siguió manteniéndose como apoderado. Su mujer le sustituyó al frente de la mercantil, circunstancia esta que también se recoge en las incompatibilidades porque amplía las prohibiciones a familiares cercanos.
El tribunal censura también el papel de María Dolores Navarro, otra de las responsables que al mismo tiempo era delegada de UGT. La ley prohibía participar a los representantes de organizaciones empresariales, políticas o sindicales. No obstante, resulta especialmente relevante el papel de Vergara ya que, según el fallo, «fue el encargado del estudio, la defensa, preparación y presentación de su proyecto, valorado en el 60% del baremo de puntuación de los méritos, ante el resto de miembros de la Comisión de Valoración». Es cierto que el resto también pudo estudiar el documento y preguntar sobre el proyectos, «pero era él por su conocimiento más detallado quien podía ejercer una mayor influencia sobre el resto para lograr puntuaciones más favorables· recoge el fallo. »Contamina todo el proceso de selección en una patología nociva«, apuntalan los magistrados.
Al margen de lo anterior, el fallo lamenta las deficiencias encontradas a la hora de argumentar las valoraciones que se dieron a cada uno de los aspirantes. La Sala subraya que no resulta suficiente el conocimiento de la puntuación de cada uno de los examinadores porque la jurisprudencia ha avanzado en este sentido. Así, manifiestan que en todo el proceso no se ofrecieron razones o justificaciones a las puntuaciones otorgadas. Ni siquiera cuando el periodista Pere Valenciano, el aspirante que impugnó el concurso, acudió a la Justicia. En resumen, la sentencia concluye que cualquier afectado por determinada calificación tiene derecho a que le sea comunicada «la motivación de la misma y de la puntuación que hayan sido aplicadas por órgano calificador, pues faltando tal motivación que incluya los anteriores requisitos, no cabe discernir si el juicio técnico se movió dentro de los márgenes de apreciación que resultan tolerables en muchas ramas del saber especializado o si pueden resultar no asumibles por carecer de justificación técnica».
Pere Valenciano expresó ayer su confianza en la Justicia. «Se ha demostrado que tenía razón y que aquello fue un tongo. Por eso fui a los tribunales. Siempre consideré que Marco no era la persona idónea, y el tiempo me ha dado la razón. No sólo con la sentencia sino con los resultados de audiencia de la cadena. Ahora, de hecho, vuelven a buscar el espíritu de Canal 9», señaló.
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