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Eduardo Zaplana, en la vista oral con motivo de la solicitud de su ingreso inmediato en prisión. Jesús Signes

La Audiencia deja libre a Zaplana, pero le obliga a comparecer cada mes en el juzgado

El tribunal no aprecia riesgo de fuga tal y como sostenía la fiscalía y descarta su ingreso inmediato en prisión

Lunes, 11 de noviembre 2024, 12:16

La Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia mantiene la libertad provisional sin fianza de Eduardo Zaplana con cautelares de retirada de pasaporte, prohibición de salida del territorio nacional y comparecencia mensual en sede judicial. Rechaza por tanto la solicitud de ingreso inmediato ... en prisión que había planteado la fiscalía.

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El tribunal no aprecia riesgo de fuga porque no ha llevado hasta ahora ningún acto tendente a eludir la acción de la Justicia, ha comparecido en todas las sesiones del juicio y respondido a cualquier llamamiento judicial.

Los magistrados argumentan para fundamentar su resolución que el penado «goza de arraigo familiar, social e incluso médico en el territorio nacional», un arraigo «que hace difícil pensar en que vaya a abandonar» ese mismo territorio nacional para evitar cumplir las penas que le han sido impuestas.

Además, la sala recuerda que su patrimonio en el extranjero y también en España «ha sido ya intervenido mediante los comisos y las medidas cautelares reales adoptadas en esta causa» y se encuentra por tanto «a disposición de la Justicia española», hecho que «también reduce sus capacidades económicas a la hora de planificar una salida del territorio nacional, que no consta en modo alguno que haya intentado».

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En esta línea, el Tribunal señala que Zaplana no ha mostrado hasta ahora «ningún gesto o signo» que lleve a considerar que tenga intención de eludir la acción de la Justicia y de no aceptar el cumplimiento de las penas una vez sean declaradas firmes.

Así, desde que el juzgado instructor de esta causa decretó su libertad provisional, el 7 de febrero de 2019, con medidas cautelares similares a las que se mantienen ahora, «ha estado cumpliendo puntualmente» con la obligación de comparecer semanalmente en el juzgado de su domicilio.

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También ha estado presente en todas las sesiones del juicio oral «y no ha faltado a ningún llamamiento judicial», precisa la Sección Cuarta de la Audiencia valenciana, «incluso cuando su línea de defensa pudo verse comprometida, al aceptar algunos de los acusados su responsabilidad de los hechos por los que se les acusaba».

En definitiva, el condenado no ha llevado a cabo «ninguna actuación tendente a eludir la acción de la Justicia», ni siquiera una vez conocida la solicitud del Ministerio Fiscal de celebrar la comparecencia de prisión prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pues compareció en ese acto y estuvo de nuevo «a disposición de la Sala».

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Todas esas razones y circunstancias llevan a los magistrados a «la convicción de que el aludido riesgo de fuga es inexistente y no justifica la medida cautelar interesada de prisión provisional, comunicada y sin fianza» de Eduardo Zaplana.

La sección Cuarta celebró el pasado día 7 la vista de prisión que pidió la Fiscalía Anticorrupción al considerar que el expresidente de la Generalitat acumulaba un alto riesgo de fuga tras la condena de 10 años de cárcel que le impuso el mismo tribunal por el amaño y el cobro de comisiones por determinadas adjudicaciones.

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Anticorrupción quería que Zaplana ingresara ya en prisión pese a que la sentencia no era firme, al estar pendiente del recurso al Tribunal Supremo. No obstante, la Fiscalía suele reclamar esta medida en asuntos de corrupción cuando la pena supera los seis años de cárcel y siempre que se den otras circunstancias. Pero cada supuesto se analiza de manera individual.

La acusación pública sostenía que el exdirigente dispone todavía de una amplia capacidad económica y que parte de ese dinero podría esconderse en el extranjero donde la sentencia de Erial prueba que disponía de estructuras opacas.

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La Fiscalía, durante una vista que fue pública, sostuvo que la situación de Zaplana había cambiado radicalmente. En su exposición destacó la naturaleza y gravedad de los delitos por los que había sido condenado. Un hecho que aumenta el «riesgo de fuga» porque cree que tiene «acceso a patrimonio en el extranjero».

El fiscal recordó que una persona del gobierno de Zaplana, José María Tabares, se fugó y está en Japón. El exdirector general del Instituto Valenciano de Exportaciones (IVEX) se fugó hace casi 15 años para evitar rendir cuentas tras una condena a cinco años de prisión.

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Por su parte, la defensa de Zaplana, que dirige el exfiscal Daniel Campos, rechazó la medida. Uno de los argumentos que planteó es que el expresidente lleva años en libertad y siempre ha estado a disposición de la Justicia. De hecho, desde hace unos meses, ya ni siquiera acude a firmar al juzgado. Situación esta que no ha aprovechado para huir.

La defensa también aportó un informe médico, fechado en marzo de 2019. Se trata de uno de los dosieres que recoge el estado de salud del expresidente. Lo hizo un profesional del Instituto de Medicina Legal. La Fiscalía, en cambio, ha precisado que esa evaluación es de hace cinco años y que ahora el expresidente lleva una vida absolutamente normal.

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