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Más problemas judiciales para la Conselleria de Igualdad y, por extensión, para su principal responsable, Mónica Oltra. La Audiencia de Valencia ha dictado un auto por el que ordena la reapertura de la investigación contra funcionarios del departamento autonómico por una supuesta falta de ... protección de la menor que sufrió abusos sexuales por parte del educador Luis Ramírez Icardi, entonces marido de la consellera.
La Audiencia condenó a Icardi a cinco años de prisión por estos hechos. Lo hizo, en realidad, en dos ocasiones después de que el TSJ le obligara a repetir el primer juicio de forma parcial tras 'aparecer' un informe, dos años después de su elaboración y al margen del procedimiento judicial, que ponía en duda la credibilidad de la menor. Es decir, favorecía a la defensa del procesado. Sin embargo, al incluir este dossier en el acervo probatorio, no modificó las conclusiones a las que habían llegado los magistrados.
El fallo criticó duramente la actuación de la Conselleria y el papel que desempeñaron algunos responsables autonómicos. De hecho, en aquella resolución se desliza la existencia de una «instrucción paralela» con el objetivo de aminorar una supuesta responsabilidad de la Conselleria de Igualdad.
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En paralelo a ese procedimiento se abrió una investigación por parte de otro juzgado a petición de la representación legal de la víctima en la que se pretende aclarar por qué no se denunció el caso desde las primeras informaciones, así como los motivos que llevaron a esa especie de «instrucción paralela». La Fiscalía solicitó el archivo porque la sentencia no era firme. Todavía hay pendiente un recurso al Tribunal Supremo.
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La Fiscalía solicitó el archivo porque la sentencia no era firme. Todavía hay pendiente un recurso al Tribunal Supremo. Sin embargo, la Audiencia entiende que no tiene nada que ver la firmeza de ese fallo condenatorio a Icardi con la necesidad de investigar estos nuevos hechos. «La denuncia no debe depender de las vicisitudes que pueda seguir la condena del educador objeto de aquel procedimiento, estimando que los hechos denunciados resultarían punibles aun cuando dicho señor fuese finalmente absuelto, sin que ninguno de los posibles delitos denunciados exijan como condición de perseguibilidad la existencia de una condena penal previa», responde la Sala.
La Audiencia, en concreto la sección Cuarta, concreta que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de abandono de menor desvalido, por omisión de los deberes inherentes a la guarda y custodia que sobre la menor tutelada se ejercía. Esto sin perjuicio de que los restantes hechos denunciados, «creación ad hoc de un informe psicológico paralelo y para-judicial deslegitimador de su testimonio», que se hace público una vez concluido el juicio penal, puedan, asimismo, ser constitutivos de los ilícitos que sostiene la acusación.
La defensa de la menor víctima de los abusos sexuales ha sido asumida por José Luis Roberto, letrado y presidente del partido España 2000. Al margen de este procedimiento por la vía Penal, ha presentado una reclamación en la Conselleria en la que reclama 240.000 euros a la Generalitat como indemnización. Un error durante la instrucción de este asunto salvó a la Generalitat de ser llevada al procedimiento como responsable civil. Al margen de este procedimiento, existe otra investigación similar en otro juzgado diferente en el que ya se encuentra personada Oltra.
En la causa que ahora se ha reabierto se trata de aclarar la responsabilidad de cuatro personas, la directora del centro, una psicóloga y una técnico jurídica de Igualdad, así como otro alto cargo del departamento autonómico por la supuesta ocultación de los abusos –fue la Policía Autonómica la que denunció los hechos al enterarse casi por azar– y la posterior elaboración de un informe al margen del juzgado que investigaba el caso. En caso de que las pesquisas depararan indicios de criminalidad contra la consellera Oltra, la causa debería pasar al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) al tener la consellera la condición de aforada.
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