El funcionario que pagaba la pensión a su mujer muerta para evitar pagar unas deudas ha admitido hoy su culpabilidad antes del inicio del juicio en la sección Tercera de la Audiencia. El hombre ha reconocido los hechos delictivos a cambio de una notable ... rebaja de pena. Finalmente, ha sido condenado a un año y medio de prisión.
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Su hijo, que también colaboró en el fraude, ha aceptado una pena inferior, de 14 meses de prisión, según fuentes judiciales. Ninguno ingresará en prisión. El ministerio fiscal reclamaba cuatro años de cárcel por estafa procesal y frustración de la ejecución en su escrito de calificación provisional.
El trabajador mantuvo un embargo en su nómina para pagar la pensión de su exmujer pese a que esta había fallecido siete años antes. De esta forma, lograba que la Administración ya no pudiera retenerle más importe -hay un máximo de cantidad a embargar para no dejar al trabajador sin sueldo- y los otros acreedores se quedaban a la espera.
Hasta que uno de ellos, el letrado Mariano Lorente presentó una denuncia e inició el procedimiento penal contra el empleado de la Administración. Una instrucción en la que llegaron a estar como investigados algunos cargos de la Conselleria ante las sospechas de que hubieran colaborado con el ahora condenado.
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El ahora condenado se divorció de su mujer en mayo de 2009. Lo hicieron de mutuo acuerdo y en la sentencia se recogió que pasaría una pensión de alimentos de 1.200 euros para los niños y de 650 euros como compensatoria para ella, según ha recogido la investigación. Pero el hombre dejó de pagar desde 2011. La exmujer acudió al juzgado para reclamar los impagos (algo más de 13.000 euros) y asegurarse las pensiones futuras. Al cabo de unos meses, desgraciadamente, murió.
Pero esto no generó ningún cambio en la situación financiera del funcionario. Desde esa fecha hasta marzo de 2019 se le retuvo 1.900 euros de su nómina que iban a parar a la cuenta de su expareja en la que ahora sólo él seguía como titular. De tal forma, que el dinero a través de esta operación terminaba de nuevo en sus manos.
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Así, evitaba que le embargaran los acreedores ya que las pensiones de alimentos tienen carácter preferente. El funcionario acumulaba numerosas deudas con particulares y empresas, recogidas ya en otros pronunciamientos judiciales. Por ejemplo, en dos sentencias, impulsadas por entidades bancarias, se reconocía que debía letras de préstamos que superaban los 300.000 euros.
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