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El presidente provincial del PP Vicente Mompó.
Divalterra: Condenan en costas al PP por recurrir el cambio urgente de clasificación de Divalterra

Condenan en costas al PP por recurrir el cambio urgente de clasificación de Divalterra

El juez desestima el recurso contra la medida impulsada por Gaspar que redimensionaba la empresa provincial

JC. Ferriol Moya

Valencia

Martes, 16 de noviembre 2021, 19:21

El titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Valencia ha decidido desestimar el recurso presentado por los miembros del grupo popular de la Diputación provincial frente al acuerdo de 17 de noviembre de 2020 por el que se aprobó la urgencia de una moción elevada al pleno relativa a la modificación del acuerdo de 27 de septiembre de 2016, de clasificación de entidades dependientes de la corporación provincial. La sentencia del juez incluye la condena al pago de las costas a los diputados populares.

El asunto en cuestión hace referencia al debate en la corporación provincial del cambio de clasificación de Divalterra, la empresa pública heredera de la vieja Imelsa que, aún bajo mandato de Jorge Rodríguez, fue clasificada como de categoría I –la misma que Correos– y, por tanto, con un determinado número de altos cargos y unas remuneraciones concretas. Aquel acuerdo, adoptado en septiembre de 2016, abrió la puerta a la contratación de cargos directivos en la empresa, la fórmula legal que permitió a los entonces responsables de la Diputación designar a cargos de confianza para esas responsabilidades, origen del caso Alquería.

En 2020, la corporación presidida por Toni Gaspar decidió modificar esa clasificación para ajustar la catalogación de Divalterra a su dimensión real. El PP presentó recurso al entender que no existían las razones de urgencia alegadas por la corporación para abordar aquel debate. En su sentencia, el juez recuerda que el PP se manifestó en el debate a favor de la medida en cuestión. Y que la urgencia venía justificada en el considerable retraso que llevaba la propuesta, cuyo debate se había iniciado a propuesta de Gaspar en febrero de aquel año. «Procede la desestimación del recurso, pues la declaración de urgencia se basaba en razones que la justificaban y no cercenaba el derecho a la participación de los recurrentes», se zanja.

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