![Conflicto de la Fiscalía con la Audiencia acerca de dónde recurrir la absolución de Alfonso Rus](https://s1.ppllstatics.com/lasprovincias/www/multimedia/2024/02/02/1467520887-RcndJjsRexfJlNZQPnBtOAL-1200x840@Las%20Provincias.jpg)
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Unas discrepancias entre la Fiscalía Anticorrupción y la sección Quinta de la Audiencia han generado cierto malestar en los magistrados, según se desprende del contenido de un auto donde reprocha la actuación del ministerio público.
Todo se concentra alrededor de la absolución en el conocido ... como eñ caso del call center, el centro telefónico de la Diputación de Valencia. La Fiscalía adelantó en su momento la intención de que se revocase el fallo para buscar la condena del expresidente Rus y del resto de colaboradores por el supuesto amaño de esta adjudicación.
Entonces un problema de salud del responsable del ministerio público obligó a pedir una suspensión de los plazos. La Audiencia aceptó ese suspensión, en una decisión que carecía de fundamentación jurídica, según apuntaron en su momento fuentes judiciales. No obstante, esto no se discutió por las partes. El problema ha llegado ahora cuando el fiscal ha presentado un recurso de apelación, que debe revisarlo el TSJ. Esto lo hizo el pasado 9 de enero, pero previamente ya conocía el criterio del tribunal donde se le recordaba que sólo se podía recurrir en casación y rechazaba una aclaración de la sentencia en este sentido.
Pero el fiscal ha seguido en su tesis y ha presentado el recurso de apelación «haciendo abstracción de lo acordado», lamentan los magistrados. Ante esta posición, según la Sala, no cabe otra posibilidad que inadmitir el recurso. Además, le recuerda que los plazos para presentar el recurso como corresponde siguen corriendo.
El fiscal acaba de interponer un recurso de queja. Ahora será el TSJ, en un tribunal presidido por Pilar de la Oliva, el que deba aclarar la cuestión. La otra pieza ya juzgada, también de la sección Quinta, se envió al Supremo. Pero entonces no se discutió esta cuestión. Se ignora por qué ahora sí.
Una reforma a mediados de 2015 estableció una segunda instancia en el TSJ para los procedimientos a partir de esa fecha. Los anteriores se tramitarían de igual modo, con recurso al Tribunal Supremo. Se da la circunstancia de que los compañeros de la sección Segunda, en otra sentencia del caso Imelsa, la condena por los zombies de Imelsa, establece que el recurso debe ser del TSJ.
Ambas piezas separadas fueron abiertas en 2016, aunque el grueso de la investigación comenzó en 2015. De momento, ningún tribunal ni el TSJ ni el Tribunal Supremo se han pronunciado respecto a las condenas o absoluciones del caso Imelsa.
Otras fuentes judiciales sostiene que debe ser el Tribunal Supremo el que asuma la causa porque pese a la fecha de incoación de las piezas separadas se está discutiendo la nulidad de determinadas acciones judiciales que se emprendieron en el marco de la pieza general, en el inicio de la investigación judicial.
La absolución de la sección Quinta por la causa del call center fue un auténtico varapalo para la investigación de la UCO. El tribunal desmontó todas las premisas de los investigadores y les llegó a achacar que dudaban de todo, como que el hecho de tener una permanente sospecha llevó finalmente a estas acusaciones.
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