La 'Araña infernal' y los silbatos protagonizan un disparo de lo más original
El presidente Puig, junto al vicepresidente segundo y conseller de Vivienda, Martínez Dalamau EP

El Consell aprueba la ley con la que podrá intervenir en la venta de pisos y edificios

Vivienda aumenta su capacidad de tanteo y retracto en el sector inmobiliario para ampliar el parque público de viviendas

M. hortelano

Viernes, 5 de junio 2020, 16:16

El Consell ha dado hoy luz verde al decreto ley que establece la ampliación del parque de vivienda pública por parte de las administraciones públicas mediante el derecho de tanteo y retracto. Eso supone el ejercicio preferente del derecho de compra de las administraciones a la hora de adquirir una vivienda de protección pública, una vivienda procedente de crisis inmobiliarias por impago de deudas hipotecarias o viviendas que se transmitan en grandes operaciones inmobiliarias. Hasta ahora, ese derecho solo podía ejercerlo la Generalitat y únicamente respecto de las viviendas sujetas a cualquier régimen de protección pública.

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El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda, Rubén Martínez Dalamau, ha negado que la nueva norma sea intervencionista con el mercado de la vivienda y ha defendido que «servirá para fortalecer a las familias propietarias frente a especuladores». Para garantizar el éxito de la medida, Dalmau ha cifrado en 5.000 el número de inmuebles públicos que la Generalitat deberá adquirir en una legislatura y en 30.000 las que deberá tener el parque público en una década para «garantizar el derecho a la vivienda». «No hay dudas sobre la legalidad de esta norma. El derecho de tanteo y retracto ya existía en la Comunitat, sólo que ahora se va a aplicar» también en ayuntamientos, ha dicho Martínez Dalmau.

«Este decreto ley pretende dar respuesta a las situaciones de emergencia habitacional existentes, imprimiendo un nuevo impulso al derecho de adquisición de viviendas preferente de la administración. Todo ello con el objetivo de crear una red de vivienda pública que contribuya de forma eficaz a garantizar ese derecho», reza el comunicado de la Generalitat.

El tanteo y retracto permite que, ante la notificación de venta por parte de cualquier propietario o propietaria de una vivienda protegida o incluida en las denominadas transmisiones singulares, la Generalitat o entidad local del municipio en la que esté ubicada, pueda ejercer el derecho de compra de dicho inmueble de manera preferente. Además, para crear una red de viviendas públicas con vocación de permanencia, se introduce por primera vez la calificación permanente de las viviendas adquiridas mediante estos derechos, lo que supone su incorporación al régimen de protección pública a todos los efectos y sin límite temporal. «De este modo, se pretenden corregir las ineficiencias derivadas de regímenes de protección temporal o de diversos instrumentos de ayudas públicas para la adquisición de viviendas en el mercado libre, dado que no han resultado adecuados para la construcción de un parque público de viviendas«, asegura el Consell.

Con este decreto-ley se amplía el derecho de tanteo y retracto también a otras entidades. Dicha previsión da continuidad a la línea iniciada por la Ley 2/2017, de 3 de febrero, de la función social de la vivienda de la Comunitat Valenciana, que apuesta por la descentralización de las políticas públicas en materia de vivienda, invitando a los municipios a establecer un sistema de colaboración para llevar a término las actuaciones necesarias para asegurar el acceso a una vivienda a las familias y personas con recursos limitados.

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El decreto-ley prevé diversos mecanismos para crear o ampliar el parque público municipal de viviendas de aquellas localidades que así lo deseen mediante el ejercicio de los derechos de adquisición preferente a su favor o la cesión de dichos derechos. En el primer caso, la Generalitat ejercitará los derechos a favor de los municipios que no tengan la posibilidad de llevar a cabo la tramitación administrativa. En el segundo caso, los municipios que sí puedan ejercitarlos, podrán hacerlo mediante la firma de un convenio. Por otro lado, cuando los ayuntamientos no puedan adquirir los inmuebles, la Generalitat puede cederles temporalmente el uso de las viviendas para conseguir una gestión más eficiente del parque público, gracias a la mayor proximidad con los ciudadanos.

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