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La 'Araña infernal' y los silbatos protagonizan un disparo de lo más original
El exconseller de Hacienda José Manuel Vela. Txema Rodríguez
El Consell debe pagar 17 millones en tres días a sus interinos por un tijeretazo de 2012

El Consell debe pagar 17 millones en tres días a sus interinos por un tijeretazo de 2012

El juez exige a la Generalitat que abone las cantidades que adeuda por el 'decreto Vela' tras haber incumplido el plazo para ejecutar la sentencia

elísabeth rodríguez

Miércoles, 16 de diciembre 2020, 01:06

A la ya maltrecha situación financiera de la Generalitat, que además debe lidiar con una pandemia, se le suma otro frente. O, mejor dicho, no ha cerrado una de sus guerras y ahora amenaza con hacerse más grande. En concreto, el juzgado de lo contencioso administrativo número 7 de Valencia exigió el pasado 9 de diciembre al Consell que abone las cantidades que le debe a los interinos de la Generalitat que sufrieron el recorte de jornada y salarios impuesto en 2012 por el 'decreto Vela' –nombre que alude al responsable de Hacienda del PP durante esa etapa, José Manuel Vela–.

Esta deuda alcanza los 17 millones de euros, tal y como indica la Conselleria de Hacienda, y el tijeretazo afectó a más de 1.200 empleados. Hay que diferenciar esta cantidad de los 66 millones de euros que la Generalitat debe a sus interinos desde 2015 por la carrera profesional y que comenzó a abonar a partir de julio de este año.

Respecto al 'decreto Vela', el juez de la sala indica en una diligencia de ordenación–a la que ha tenido acceso LAS PROVINCIAS– que la Generalitat no ha cumplido el plazo para saldar este pago que el TSJCV exigió en una sentencia del 25 de febrero de este año. Por ello, advierte a la Administración de que será multada si no lo resuelve en diez días, a contar desde el pasado 9 de diciembre, por lo que a fecha de hoy le quedan tres días para evitar sanciones «coercitivas a las autoridades, funcionarios o agentes», tal y como reza el letrado en el documento. La sentencia de febrero estimó el recurso presentado por un grupo de interinos contra otra resolución de 2019 de la Conselleria de Justicia, que desestimó revisar de oficio y declarar nulo el 'decreto Vela', que redujo en 2012 la jornada laboral de estos profesionales a 25 horas semanales.

Cabe recordar que en 2019 el TJCV reconoció el derecho de estos empleados públicos a percibir el sueldo que se les recortó justo en el momento de mayor angustia para las cuentas autonómicas. El fallo estimó el recurso contencioso-administrativo contra una resolución del 14 de noviembre del 2018 dictada por la conselleria de Justicia, que pretendía dar carpetazo a la reclamación planteada por estos empleados.

El letrado advierte a la Administración de que autoridades, funcionarios y agentes se enfrentan a «multas coercitivas»

TSJCV dio la razón en 2014

Fue en 2012 cuando un grupo de interinos presentó recurso ante un juzgado de instancia contra la resolución pero fue desestimado, por lo que apelaron ante el TSJCV al entender que suponía una discriminación por su condición de empleados temporales. Y el alto tribunal les dio la razón en 2014. La sentencia entendía que la resolución vulneraba «el derecho a la igualdad de trato en el ámbito de la función pública por infracción de la normativa comunitaria».

A partir de esa sentencia, más de 600 interinos afectados solicitaron a la Conselleria de Función Pública revisar «de oficio» sus casos y solicitaron la declaración de nulidad de pleno derecho. Sin embargo, muchas fueron desestimadas y el Consell Jurídic Consultiu (CJC) respaldó esta decisión. Entonces, 241 decidieron continuar con el proceso a través de los juzgados por vía contencioso-administrativa.

Una sentencia de febrero de este año obligaba al Ejecutivo a indemnizar a los 1.228 empleados afectados por el recorte

La conselleria de Justicia alegaba que dado que los interinos presentaron inicialmente recurso por la vía de lo contencioso administrativo, y que dicho recurso fue desestimado, así como que el Tribunal Constitucional confirmó la legalidad constitucional de la diferenciación entre el colectivo de interinos y el de funcionarios, cabía desestimar la petición de los primeros.

Pero la última sentencia emitida en febrero no sólo vuelve a dar la razón a los recurrentes, sino que además obliga al pago de intereses de demora de las cantidades que deban abonarse y condena a la Generalitat valenciana al pago de costas.

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