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Los funcionarios colocados a dedo por el Consell crecen y ya rozan el millar

La Relación de Puestos de Trabajo de la Generalitat confirma que el número de plazas de libre disposición ha crecido esta legislatura

J. C. Ferriol

Valencia

Sábado, 5 de enero 2019, 01:25

Más espacio para los funcionarios y menos para los cargos políticos. La aseveración la podría suscribir cualquiera de las organizaciones sindicales con representación en el ámbito de la Generalitat. La creciente presencia de asesores y cargos de confianza en la nómina de empleados de la administración autonómica es una realidad que choca con la teórica voluntad de construir unas administraciones públicas cada vez más profesionales, y menos sujetas a las decisiones de los responsables políticos que las gobiernan.

Eso es lo que dice la teoría. La práctica de la Generalitat la retrató ayer el Diari Oficial (DOGV) con la publicación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) «de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, así como de los organismos públicos cuyos puestos de trabajo y personal son gestionados por la conselleria competente en materia de función pública».

Los empleados de libre designación son casi 800 en el Consell y 130 en organismos públicos

Y la fotografía que se obtiene del análisis de esas casi 850 páginas retrata que el recurso al dedazo no sólo continúa vigente, sino que goza de una magnífica salud. Las ocho consellerias que componen el Gobierno valenciano, junto a la Presidencia y la Vicepresidencia del Consell, suman un total de 799 plazas de funcionarios ocupadas por empleados elegidos por libre designación. Se trata del concepto que hace referencia a que esos funcionarios no están en la plaza que les corresponde por concurso, sino que han sido designados por un superior para ocuparla. Si se suman los organismos públicos cuyo personal depende de Función Pública, la cifra se dispara hasta los 937. Y si se añaden los 78 cargos eventuales -puestos cubiertos por personal que no dispone de la condición de empleado público-, el número de cargos de confianza o elegido a dedo por responsables políticos supera el millar. El concepto de libre designación es, de todos, el más llamativo por lo numeroso. El procedimiento debería de plantearse, en teoría, como aquel ámbito en el que el órgano administrativo decide entre los candidatos que cumplan los requisitos mínimos exigidos. El elegido tiene que ser funcionario perteneciente a unos cuerpos concretos -circunstancia que garantiza que el propuesto ha superado una selección previa-. Pero también es el ámbito en el que la discrecionalidad encuentra mayor razón de ser, puesto que una vez superada esa condición de empleado público, si se dispone de los requisitos para ocupar la plaza en cuestión, la decisión es discrecional del cargo público en cuestión. Los expertos en derecho administrativo consideran que las diferencias entre los cargos de designación política y los puestos de libre designación son mínimas, toda vez que la única diferencia está vinculada a la condición de funcionario de la que deben de disponer los segundos.

Fundación por la Justicia

En los medios de comunicación se ha reflejado en las últimas semanas la constatación de que el abuso de la libre designación va en la dirección contraria de las recomendaciones planteadas en la lucha contra la corrupción -entendido el concepto como que un puesto de confianza siempre puede ser más proclive a seguir eventuales consignas irregulares por parte de sus superiores-.

Fundación por la Justicia alertó en su último informe de la necesidad de «eliminar los sistemas de libre designación de cargos administrativos». «Los puestos directivos que impliquen control de legalidad y manejo de fondos públicos (hasta el director general) deben estar siempre ocupados por funcionarios de carrera, sin injerencia de los políticos», se señala en el capítulo de conclusiones. «Siguen existiendo puestos de designación arbitraria», se añade.

¿Y cuáles son las plazas que se ocupan por libre designación? La RPT publicada ayer revela que subdirectores generales, jefes de servicio, secretarios generales administrativos, jefes de negociado, los abogados coordinadores de la Abogacía de la Generalitat, directores territoriales, jefes de unidad, interventores delegados, además de conductores y asesores, son los puestos ocupados de forma significativa por funcionarios elegidos por el procedimiento de libre designación. Se trata, evidentemente, de las plazas de más confianza para los cargos políticos -los de máxima responsabilidad- y de ellos depende su designación.

La información a la que ha tenido acceso este diario revela un incremento del número de puestos de libre designación en la administración autonómica. De hecho, la RPT hecha pública hace cinco años por el Ejecutivo presidido por Alberto Fabra situó en 732 el número de funcionarios que habían accedido a una plaza por este procedimiento. El número actual es superior. Y el hecho es significativo puesto que el tripartito que firmó el Pacto del Botánico se comprometió a reducir el número de este tipo de plazas.

Tal y como reflejan los datos recogidos por este diario, el mayor número de funcionarios de libre designación se encuentran en los departamentos clave del Gobierno valenciano: Presidencia de la Generalitat -se incluyen los miembros de la Abogacía, Vicepresidencia, Hacienda -debido en parte a los interventores delegados-, y Educación, que suman más de 400 plazas.

Nuevo marco legal

El anteproyecto de la nueva ley de Función Pública valenciana ya advierte de la necesidad de minimizar el recurso a la libre designación, que 'como mecanismo de cobertura de vacantes opera demasiado ampliamente'. La norma limita los puestos de libre designación a la subdirección general o equivalente, secretaria de altos cargos, personal conductor al servicio directo de las personas miembros del Consell y puestos de coordinación o asesoramiento que se creen por acuerdo del Consell, así como los puestos de trabajo de jefatura de servicio o equivalente de especial responsabilidad.

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